El Código de Vehículos (VC) 2800 CVC es el estatuto de California que define el delito de desobedecer a un oficial de policía. Las personas cometen este delito cuando deliberadamente se niegan o no cumplen con una orden o dirección legal de cualquier agente del orden público. Una infracción es un delito menor punible con hasta seis meses en la cárcel del condado.

Tenga en cuenta que la policía suele escribir esta sección como 2800 VC o 2800 CVC como abreviatura del Código de Vehículos de California.

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El lenguaje del estatuto establece que:

2800. (a) Es ilegal fallar intencionalmente o negarse a cumplir con una orden, señal o dirección legal de un oficial del orden público, como se define en el Capítulo 4.5 (comenzando con la Sección 830) del Título 3 de la Parte 2 del Código Penal. Cuando ese oficial del orden público está en uniforme y está desempeñando deberes de conformidad con cualquiera de las disposiciones de este código, o se niega a someterse a una inspección legal de conformidad con este código.

(b) (1) Excepto según lo autorizado de conformidad con la Sección 24004, es ilegal no cumplir o negarse a cumplir con una orden legal de fuera de servicio emitida por un empleado autorizado del Departamento de la Patrulla de Carreteras de California o por una autoridad de cumplimiento autorizada. oficial como se describe en la subdivisión (d).

Es ilegal que un conductor que transporta materiales peligrosos en un vehículo de motor comercial que está obligado a exhibir un cartel de conformidad con la Sección 27903 infrinja el párrafo.

(3) Es ilegal que un conductor de un vehículo diseñado para transportar 16 o más pasajeros, incluido el conductor, viole el párrafo.

(c) Es ilegal no cumplir o negarse a cumplir con una orden legal de fuera de servicio emitida por el Secretario del Departamento de Transporte de los Estados Unidos.

(d) "Orden de Fuera de Servicio" significa una declaración por parte de un oficial de ejecución autorizado de una jurisdicción federal, estatal, canadiense, mexicana o local de que un conductor, un vehículo de motor comercial o una operación de auto transportista está fuera de servicio. -Servicio de conformidad con la Sección 386.72, 392.5, 392.9a, 395.13 o 396.9 del Título 49 del Código de Regulaciones Federales, la ley estatal o los Criterios Estándar de Fuera de Servicio de América del Norte.

Algunos ejemplos podrían ser:

  • Una persona huye después de que un oficial de policía le dice que permanezca inmóvil.
  • No cumplir con la orden de un oficial del orden público de salir de un vehículo motorizado.
  • Conducir a través de un área de emergencia que está cerrada por la policía.

¿Cuáles son algunas posibles defensas ante la desobediencia a un oficial de policía?

Los abogados de defensa criminal se basan en varias estrategias legales para ayudar a los clientes a impugnar los cargos bajo este estatuto. Algunos de los más comunes incluyen abogados que demuestran que:

  • El acusado no actuó voluntariamente.
  • El agente de la ley no estaba cumpliendo con sus deberes oficiales cuando dio una orden, y/o el acusado actuó por necesidad.

¿Cuáles son las penas por esta clase de delito?

Desobedecer a un oficial de policía es un delito menor en California (a diferencia de una infracción o un delito grave).

El delito se castiga con:

  • Custodia en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o una multa máxima de $1,000.

¿Cuándo es un delito desobedecer a un oficial de policía?

Un fiscal de distrito debe probar lo siguiente para condenar con éxito a un acusado bajo este estatuto:

  • El acusado se negó intencionalmente o no cumplió con una orden, señal o dirección legal de un oficial de la ley.
  • El oficial vestía su uniforme distintivo y estaba desempeñando sus funciones en el momento de la orden.

También es una infracción de tránsito según este estatuto que una persona se niegue a cumplir con una orden legal de fuera de servicio emitida por un miembro de la Patrulla de Carreteras de California o por una agencia de cumplimiento de la ley autorizada.

Los agentes de la ley emiten una orden de fuera de servicio si el vehículo de una persona se considera inseguro para operar o no está debidamente equipado.

¿Cuáles son las mejores defensas para los cargos de VC 2800?

Los acusados ​​tienen derecho a impugnar los cargos bajo este estatuto con una defensa legal. Tenga en cuenta que una defensa exitosa debe convencer a un juez o jurado de que existe una duda razonable de que el acusado cometió un delito.

Tres defensas comunes a los cargos de VC 2800 incluyen acusados ​​que demuestran que:

  • No actuaron voluntariamente.
  • El oficial del orden público no estaba cumpliendo con sus funciones.
  • Actuaron por necesidad.

Desobedecer a un oficial es un delito con intención específica. Esto significa que un acusado debe haber actuado voluntariamente para ser declarado culpable según esta ley. Una defensa, entonces, es que un acusado demuestre que no actuó con un propósito deliberado. Por ejemplo, una persona no desobedece voluntariamente una orden si no la escuchó o estaba confundida en cuanto a su dirección.

¿Qué ocurre en los casos donde un oficial no cumple correctamente con sus funciones?

Recuerde que un acusado únicamente es culpable bajo esta sección del código si el oficial que emitió una orden fue:

  • Vistiendo uniforme
  • Desempeñando sus funciones.

Por lo tanto, siempre es una defensa que los acusados ​​demuestren que el oficial que emitió una orden no lo hizo en el desempeño de su trabajo (por ejemplo, un oficial dio una orden mientras él mismo estaba fuera de servicio).

¿Qué ocurre cuando el acusado tenía la necesidad de desobedecer a un oficial de policía?

Bajo una defensa de necesidad, un acusado esencialmente trata de evitar la culpa al demostrar que tenía una razón suficientemente buena para cometer el delito. En el contexto de un cargo por desobedecer una orden, un acusado podría intentar demostrar que cometió el delito ya que no tenía otra opción (por ejemplo, debido a una emergencia).

¿Hay delitos relacionados?

Hay tres leyes relacionadas con VC 2800. Éstas son:

  • Evadir a la policía en un vehículo - VC 2800.1.
  • Delito de evasión imprudente - VC 2800.2.
  • Resistirse al arresto – Código Penal (PC) 148.

De acuerdo con el Código de Vehículos 2800.1 VC, evadir a la policía en un vehículo es un delito cuando las personas huyen intencionalmente de un oficial de policía.

Al igual que con la desobediencia a un oficial, este delito se considera un delito menor. En ocasiones, el delito se denomina "evasión de un delito menor".

De acuerdo con el Código de Vehículos 2800.2 VC, el delito grave de evasión imprudente es el delito en el que las personas evaden a la policía en un vehículo

A diferencia de las infracciones según VC 2800, las infracciones por debajo de esta categoría son delitos de wobbler. Un wobbler es un delito que un fiscal puede acusar como delito menor o mayor.

Los delitos menores bajo VC 2800.2 pueden resultar en hasta un año en la cárcel del condado. Los delitos graves pueden resultar en hasta tres años en una prisión estatal.

Según el Código Penal 148 PC, resistirse al arresto es un delito en el que las personas se resisten, retrasan u obstruyen intencionalmente a los agentes del orden o los técnicos médicos de emergencia en el desempeño de sus funciones oficiales.

Al igual que con VC 2800, PC 148 únicamente prohíbe actos intencionales. Esto significa que un acusado puede impugnar un cargo demostrando que no actuó intencionalmente.

Obsérvese que, ante la acusación de este delito, un abogado calificado y con experiencia aplicará las estrategias y argumentos idóneos para la absolución del acusado.

En este sentido, como en todo caso penal, se debe plantar al juez una duda razonable, lo cual lograría una sentencia absolutoria. Es decir, el juez debe tener plena certeza de que a quien esté condenando sea culpable de los delitos que se le acusan.

En este delito en particular, como ya se indicó, existen numerosos argumentos que puede alegar el acusado, como por ejemplo la falta de voluntad de cometer el delito. La ley tipifica este delito como necesariamente intencional, es decir si el fiscal no logra demostrar entre otras cosas de que el acusado tuvo la intención de desobedecer al oficial de policía, pues el abogado defensor estaría ganando el caso, ya que al no haber intención no hay delito, a diferencia de otros delitos como por ejemplo: el homicidio o las lesiones personales que se pueden cometer de forma intencional o culposa, como los casos de homicidio o lesiones por negligencia de un conductor que atropella a un peatón.

No obstante, también existen otros argumentos que la defensa puede alegar, como el caso del estado de necesidad. Es decir, la persona por un motivo donde por ejemplo el detenerse a atender las órdenes del oficial de policía podría causar la muerte de una persona. Tal es el caso de una persona que lleva a otra rápidamente a un hospital porque sufrió un grave accidente y cada minuto cuenta porque la víctima del accidente está a punto de perder la vida, por esta razón, el conductor del vehículo excede los límites de velocidad permitidos y el oficial de policía le indica que se detenga, pero el conductor al percatarse que no se puede perder tiempo por que la persona que está llevando al hospital se encuentra muy grave, no se detiene y continua a máxima velocidad rumbo al hospital más cercano, lo cual naturalmente haría pensar al agente policial que se está desobedeciendo su orden, en consecuencia, esto pudiera generar una gran confusión que eventualmente termine en tribunales. El acusado tiene como prueba el estado de necesidad de salvarle la vida a una persona, en contraposición a obedecer la orden de alto del oficial de policía, lo que serviría para lograr la exoneración de los cargos presentados por la fiscalía. Para ello como pruebas pudiera contar con la declaración de la víctima del accidente, en caso de que sobreviva, las facturas médicas que coincidan con las declaraciones hechas en el juicio, la declaración de otros testigos, las imágenes grabadas por las cámaras de seguridad del hospital, entre otras.

Otro argumento que puede exonerar al acusado de toda responsabilidad penal es que este puede alegar que el oficial de policía no se encontraba uniformado al momento de la orden desobedecida, por lo que al no tener certeza de que efectivamente la persona que lo estaba deteniendo era un oficial de policía, el acusado sintió temor de ser víctima de un delito por parte de una persona que desconocía su autoridad, lo cual sería una causa de exoneración de la responsabilidad penal para este delito.

Por su parte, otra causa de exoneración de responsabilidad penal es cuando se desobedece una orden policial cuando la misma es ilegal o indebida. Por ejemplo: Una mujer se encuentra conduciendo en la carretera y es detenida por un agente policial. La conductora obedece la orden policial de detenerse, pero el agente le señala que necesita revisarla, pero esto por obvias razones debe ser efectuado por una oficial de policía mujer, por lo que la conductora se niega a obedecer la orden del agente, quien insiste en que debe obedecerlo, ya que él es un agente de la ley. Posteriormente, la mujer huye de la escena y luego es detenida por el oficial, por desobedecer una orden policial. En este caso, en el juicio correspondiente y con pruebas concretas, como, por ejemplo: Imágenes de cámaras de seguridad o declaraciones de testigos del hecho, la acusada podría ser declarada inocente por los cargos que se le imputan.

En este sentido, otra orden ilegal es el allanamiento de una propiedad privada sin una orden judicial. Al igual que el ejemplo anterior, el propietario del inmueble que la policía quiere revisar puede negarse, ya que está en todo su derecho de hacerlo, debido a que la única manera de que la policía entre a revisar una propiedad privada es mediante una orden judicial y los agentes no deberán detenerlo, toda vez que el propietario del inmueble se encuentra defendiendo sus derechos. No obstante, igualmente, si la policía detiene al propietario del inmueble por desobedecer una orden policial, como prueba de que la actuación del acusado fue legal, con demostrar la inexistencia de la orden judicial sobre el inmueble allanado es más que suficiente para ser exonerado por este delito.

En líneas generales existen muchas coartadas que un abogado calificado y experimentado puede utilizar dentro del curso de un juicio, desde que el acusado no sabía que quien lo pretendía detener era realmente un policía, de que no fue su intención desobedecer al agente, ya que no lo vio o escuchó y que ello no significa que se dio a la fuga, el estado de necesidad de desobedecer la orden policial, en función de salvaguardar intereses jurídicos de mayor importancia, como por ejemplo, la vida; hasta incluso el acusado puede alegar la actuación ilegal del agente policial, tal como se presentó en los ejemplos anteriormente señalados: Revisión de un oficial de policía hombre a una mujer, lo cual pudiera a conllevar a tocamientos indebidos no deseados por la mujer; el exceso policial, pretendiéndose allanar una propiedad privada, son algunas de las actuaciones ilegales o indebidas que pueden llegar a realizar algún oficial de policía.

Igualmente, una difícil labor tendrá el juez en caso de tener que decidir entre las pruebas que promueva la fiscalía por la desobediencia de una orden policial y la causa de justificación que plantee el abogado defensor. En este caso tiene que ser una argumentación sólida por parte de la defensa, para lograr el objetivo principal que es sembrar en el juez una duda razonable que lo obligue a absolver a su cliente. Solo un abogado experto en la materia podrá llevar a cabo todas estas estrategias legales para llevar con éxito un caso de este tipo.

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