La posesión de una sustancia controlada, es uno de los delitos de drogas más comunes en San Diego. En California, este delito se encuentra contemplado como tal según el Código de Salud y Seguridad, y puede conllevar a sanciones tales como la imposición del pago de considerables multas judiciales, además del cumplimiento de sentencia en prisión.

Aun cuando en California se hayan adoptado medidas que reducen la gravedad de ciertos delitos de drogas, como es el caso de la Proposición 47, mediante la cual se estableció que el delito de posesión de una sustancia controlada fuera procesado en la mayoría de los casos como delito menor en lugar de mayor, y por ende las sanciones sean menos rigurosas; una condena por posesión de una sustancia controlada sigue siendo un tema serio que no debe ser tomado a la ligera dado que incluso bajo lo estipulado por la Proposición 47, usted puede llegar a ser sentenciado hasta a 1 año en prisión dependiendo de la cantidad y el tipo de sustancia controlada involucrada.

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Las consecuencias de una condena por posesión de una sustancia controlada incluyen: problemas para conseguir un trabajo, dado que las empresas revisan los antecedentes penales antes de proceder a contratar a sus empleados, dificultad para rentar una vivienda o para acceder a un crédito en el futuro, entre otras. Por ello, si actualmente usted o alguno de sus seres queridos enfrenta cargos por posesión de una sustancia controlada, un abogado criminalista en San Diego del Bufete de Defensa Criminal,le brindará a usted el asesoramiento que necesita y empleará la mejor y más acertada estrategia de defensa para su caso en concreto.

¿En qué consiste el delito de posesión de una sustancia controlada?

La posesión de una sustancia controlada se conoce también como posesión simple o posesión para uso personal. De acuerdo con el Código de Salud y Seguridad 11350, es un delito que usted posea ciertas sustancias controladas sin tener una prescripción válida. Este es el caso de un medicamento para el dolor que requiera de fórmula generada ya sea por un médico, odontólogo, podólogo o veterinario con licencia para ejercer en el Estado de California; si usted no tiene una prescripción válida y se encuentra en posesión de esta sustancia controlada, entonces podría tener que enfrentar cargos por este delito.

A su vez, las drogas ilegales como es el caso de la cocaína y la heroína, son también consideradas sustancias controladas y poseerlas puede traer consigo cargos por posesión de una sustancia controlada.

¿Qué es considerado una sustancia controlada en California?

Una sustancia controlada es toda aquella sustancia que puede causar adicción, daño físico y mental, o de la cual una persona puede abusar afectando gravemente su estado de salud, que ha sido previamente establecida como tal y por tanto es estrictamente regulada por un Estado. Las sustancias controladas incluyen drogas ilegales, o incluso drogas legales que a pesar de que requieren una prescripción válida, usted no la tiene.

Algunos ejemplos de sustancias controladas de acuerdo con el Código de Salud y Seguridad 11350 en California, incluyen mas no se limitan a:

  • Heroína
  • Cocaína
  • LSD
  • Medicamentos prescritos para el dolor (cuando no se tiene una prescripción válida)

Vale la pena resaltar que la posesión de metanfetamina y otros estimulantes se encuentran cubiertas por el Código de Salud y Seguridad Sección 11377.

¿Cómo se clasifican las sustancias controladas en California?

De acuerdo con las leyes de California, se ha fijado un listado de drogas que se divide en cinco categorías y que trata de manera exclusiva acerca de las sustancias controladas. Cada categoría agrupa las sustancias controladas de acuerdo a la similitud que guardan entre sí, dadas sus características.

Las categorías se encuentran diseñadas en su orden desde la más seria hasta la menos seria, las cuales se enuncian a continuación:

Categoría I

En la primera categoría se encuentran las drogas más peligrosas con el mayor riesgo de dependencia y abuso. Estas drogas se componen primordialmente de opiáceos, alucinógenos y depresores. Los siguientes son algunos ejemplos que se incluyen en esta categoría:

  • Mescalina
  • Heroína
  • Ecstasy
  • Peyote
  • Cocaína base

Categoría II

En la segunda categoría se contemplan aquellas drogas que aunque también tienen alto riesgo de dependencia y abuso, tienen ciertas aplicaciones en tratamientos dentro del campo de la medicina. Muchas de estas sustancias son peligrosas en cualquier capacidad, otras por su parte, son particularmente peligrosas cuando se abusa de ellas. Aquí encontramos por ejemplo:

  • Vicodina
  • Anfetamina
  • Adderall
  • Opio
  • Ritalin
  • Hidrocodona
  • Cocaína
  • Morfina

Categoría III

En la tercera categoría se sitúan aquellas drogas que tienen un potencial de dependencia y abuso muy bajo y que su uso es ampliamente aceptado en tratamientos médicos. Esta categoría incluye desde esteroides, hasta estimulantes:

  • Testosterona
  • Ketamina
  • Benzfetamina
  • Esteroides
  • Clortermina
  • Mazindol
  • LSD

Categoría IV

En la cuarta categoría se ubican aquellas drogas que tienen un menor riesgo de dependencia y abuso, también usados con propósitos médicos, pero que su posesión en grandes cantidades, podría conducir a que se presenten cargos por posesión de drogas. Los sedantes y tranquilizantes pertenecen a esta clasificación, por ello son ejemplos de sustancias que hacen parte de esta categoría, las siguientes:

  • Xanax
  • Tramadol
  • Ativan
  • Valium
  • Pemolina

Categoría V

Por último, en la quinta categoría se encuentran las drogas que tienen un riesgo de dependencia y abuso muy bajo comparadas con el resto. Muchas de las cuales requieren de una prescripción y tienen un riesgo menor de adicción en comparación con otras sustancias. Esta categoría contiene una serie de potentes supresores para la tos y sustancias que se emplean como ingredientes en otros medicamentos recetados. Las siguientes sustancias hacen parte de esta categoría:

  • Codeína
  • Buprenorfina
  • Difenoxina
  • Etilmorfina

¿Cuáles son las formas de posesión de una sustancia controlada por las cuales puedo ser procesado?

Erróneamente se cree que una persona sólo puede ser procesada por posesión de una sustancia controlada por el hecho de tenerla. Sin embargo, se trata de un término más amplio dado que posesión es cuando usted tiene, carga consigo y tiene control físico sobre una sustancia controlada; o cuando usted ejerce control sobre el lugar donde es hallada. Esto significa que aún cuando la droga no sea encontrada en usted, sigue existiendo la posibilidad de que sea condenado por este delito si por ejemplo la llevaba en la guantera de su vehículo automotor, o estaba sobre la mesa del comedor de su casa.

Con base en lo anterior, existen tres formas de posesión. Y en este orden de ideas, la posesión puede ser:

  • Real;
  • Constructiva; o
  • Articulada

Usted puede enfrentar cargos por posesión de una sustancia controlada si se encontraba en posesión real o en posesión constructiva con respecto a la misma, es decir, en ambos casos existe la posibilidad.

Posesión Real

La posesión real de una sustancia controlada implica el control directo, físico e inmediato sobre la sustancia, esto debido a que usted la sostiene o la toca, la lleva consigo mismo en su cuerpo o en alguna cavidad corporal, o incluso en su vestimenta. Un ejemplo de esto es que la sustancia controlada esté en sus manos o en el bolsillo de la camisa que trae puesta.

Posesión Constructiva

Por su parte, de acuerdo con la posesión constructiva, las drogas no son encontradas en usted, sino en un lugar sobre el cual ejerce control o tiene el derecho de controlar, como su vehículo automotor, su casa o su locker en el trabajo. Siguiendo el ejemplo presentado anteriormente, habría lugar a posesión constructiva si la sustancia controlada se encontraba en el bolsillo de su camisa, sin embargo no la tenía puesta sino que estaba doblada en una de las gavetas del armario de su casa. Aun cuando usted no se encuentre en casa en el momento del descubrimiento, puede enfrentar cargos con ocasión de este delito.

Posesión Articulada

También se habla de una tercera clasificación de la posesión denominada articulada, por la cual usted también podría enfrentar cargos. En ésta, dos o más personas comparten la posesión real o constructiva de una sustancia controlada. Este es el caso de dos compañeros de cuarto que comparten el mismo espacio. A uno de ellos le pertenece la sustancia controlada, la cual guarda en el mueble del baño que ambos comparten. Ambos compañeros podrían enfrentar cargos por posesión articulada, cuando el otro compañero, teniendo conocimiento de ello, permite continuar con la posesión de la droga.

¿Cómo puede el fiscal probar un cargo por posesión de una sustancia controlada?

Para que el fiscal pueda probar un cargo por posesión de una sustancia, más allá de toda duda razonable, debe establecer los siguientes elementos del delito:

  • Que la sustancia en cuestión es una sustancia controlada;
  • Que usted poseía la sustancia controlada de manera ilegal;
  • Que usted tenía conocimiento de la presencia de la sustancia controlada;
  • Que usted tenía conocimiento de que la sustancia era una sustancia controlada;
  • Que usted poseía una cantidad utilizable de la sustancia controlada.

De lo anterior se destacan tres elementos imprescindibles para la constitución del delito: la posesión, el conocimiento y la cantidad utilizable.

Posesión

Para que el fiscal pueda probar un cargo por posesión de una sustancia controlada, lo primero que deberá demostrar es que usted tenía la posesión ya sea: real, constructiva o articulada de dicha sustancia. Ejemplos de posesión incluyen que usted lleve la droga en sus manos, en su maletín, en el bolsillo de su pantalón, la guarde en la guantera o el baúl de su vehículo automotor o en el armario de su casa.

Conocimiento

El conocimiento es uno de los principales elementos del delito de posesión de una sustancia controlada. De acuerdo con éste, usted sabía de la presencia y la naturaleza de la sustancia controlada. Si el fiscal no logra demostrar esto, entonces usted no puede ser declarado culpable por el delito de posesión de una sustancia controlada.

Cantidad Utilizable

La cantidad utilizable de una sustancia es aquella que resulta ser suficiente para ser usada como sustancia controlada, mas no se refiere a que sea suficiente para drogarse o para alcanzar su efecto narcótico. De acuerdo con esto, si lo que usted poseía eran residuos o restos mínimos de la droga, entonces tampoco puede ser declarado culpable de cometer el delito.

¿Cuáles son las sanciones que se imponen por posesión de una sustancia controlada en California?

En términos generales las sanciones por posesión de una sustancia controlada incluyen:

  • Tiempo en prisión
  • Pago de multas judiciales
  • Libertad Condicional
  • Programas de desviación de drogas
  • Asesoramiento sobre drogas o rehabilitación

De acuerdo con las leyes de California, el delito de posesión de una sustancia controlada es un “wobbler”, es decir, que por su presunta comisión usted puede enfrentar cargos ya sea como delito menor o delito mayor. Antes de Noviembre, todas las condenas por posesión de una sustancia controlada eran consideradas como delito mayor. Desde la pasada Proposición 47 de Noviembre de 2014, usualmente una condena por el delito de posesión de una sustancia controlada es procesada ahora como delito menor, la cual contempla la imposición de una pena de hasta 1 año en una prisión del condado y multa de máximo $1.000, o ambas.

Pese a lo anterior, es posible que usted evite el cumplimiento de tiempo en prisión por completo, debido a que se conciben además, ciertas alternativas a estas sanciones como es el caso del programa de desviación de drogas, el cual por lo general incluye la realización de cursos sobre el abuso de sustancias, prueba regular de drogas y/o servicio comunitario. Si usted concluye satisfactoriamente con lo ordenado, los cargos presentados en su contra serán retirados y el caso resultará desestimado. Pero si por el contrario, usted no concluye el programa satisfactoriamente, los cargos continuarán y habrá lugar a la sentencia.

Así también, la Proposición 36 o la PC 1000 constituyen otras alternativas en lugar de cumplir tiempo en prisión o tener que responder por el pago de multas judiciales. Por medio de ésta, usted puede firmar un acuerdo en el cual se declare culpable y como resultado su sentencia sea formalmente retrasada de 12 a 18 meses. Sin embargo, como condición se exige que inequívocamente usted ingrese y complete un asesoramiento sobre drogas  o rehabilitación aprobada por el Estado dentro de dicho período de tiempo. Si usted completa satisfactoriamente el asesoramiento, dentro del tiempo establecido, su caso será desestimado. Sin embargo, si por el contrario, no lo completa, habrá lugar a la condena por ocasión del delito y por ende deberá enfrentar las sanciones que en un principio le fueron impuestas. Para ser elegible usted debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Que usted no haya sido condenado por un delito violento;
  • Que usted no haya sido condenado por delitos relacionados con sustancias controladas más allá de la simple posesión;
  • Que usted no haya sido condenado por delitos mayores en los últimos 5 años.

Ahora bien, otras circunstancias como la naturaleza del delito y la existencia de antecedentes penales que indican la comisión de delitos mayores en el pasado, como por ejemplo asesinato o delitos sexuales, dan lugar a que se presenten cargos por posesión de una sustancia controlada como delito mayor. Si usted es condenado por posesión de una sustancia controlada como delito mayor, podría tener que enfrentar sanciones más severas como la imposición de una sentencia de 16 meses, 2 años o 3 años en prisión.

¿Cuáles son las consecuencias de una condena por posesión de una sustancia controlada?

Algunas de las consecuencias negativas más importantes que se obtienen como resultado de una condena por posesión de una sustancia controlada son las siguientes:

Consecuencias a nivel personal, profesional y financiero

Una condena por posesión de una sustancia controlada puede traer graves consecuencias a nivel personal, profesional y financiero. Si usted es condenado por cometer este delito, la búsqueda de oportunidades de trabajo, la posibilidad de rentar una vivienda, ingresar a las fuerzas militares o de obtener licencias profesionales y permisos, o incluso acceder a créditos estudiantiles a través de instituciones financieras, se reduce considerablemente.

Pérdida de derechos de armas

Asimismo, cuando el delito de posesión de una sustancia controlada es procesado como delito mayor y usted resulta ser condenado, esto puede tener efectos negativos tales como la pérdida de los derechos para adquirir o poseer un arma en California.

Deportación e inadmisibilidad

Por su parte, si usted no es un ciudadano de los Estados Unidos, una condena por posesión de una sustancia controlada dependiendo de los hechos específicos que rodean su caso, puede acarrear consecuencias inmigratorias como su deportación. Por ende, aunque usted tenga una visa válida, o incluso residencia permanente conocida como “green card”, sigue estando en riesgo de ser deportado, lo que implica que puede ser expulsado de los Estados Unidos. A su vez, su estatus de inmigrante puede verse afectado por inadmisibilidad, lo que en otras palabras quiere decir que a usted no le será permitido regresar de nuevo al país.

¿Cómo puedo defenderme ante un cargo de posesión de una sustancia controlada en California?

Si actualmente usted enfrenta un cargo por posesión de una sustancia controlada, las siguientes estrategias legales le podrán ser útiles para defenderse:

Usted no estaba en posesión de la sustancia controlada

Cuando el fiscal no puede demostrar que usted estaba en posesión de la sustancia controlada, no hay lugar a una condena. Esto quiere decir que si usted no estaba en posesión real, constructiva o articulada, entonces no poseía la sustancia controlada.  

Usted desconocía que se trataba de una sustancia controlada / Usted desconocía su presencia

Esta estrategia de defensa se refiere al conocimiento acerca de la sustancia controlada. De acuerdo con ella, usted desconocía la naturaleza y presencia de la sustancia controlada.

Usted tenía una prescripción válida

Como se mencionó anteriormente, para que usted sea declarado culpable por posesión de ciertas sustancias controladas, ha debido poseerlas sin tener una prescripción válida, como el caso de medicamentos recetados para el dolor. Las prescripciones son válidas cuando provienen de un médico, odontólogo, podólogo o veterinario con licencia para ejercer.

Si usted efectivamente contaba con una prescripción válida, en la cual su médico le prescribió una medicina a su nombre, para su uso y tratamiento de su enfermedad, entonces no puede ser declarado culpable porque estaba autorizado para estar en posesión de la sustancia controlada.

Usted fue víctima de trampas puestas por agentes en representación de la Ley

Esta defensa legal resulta exitosa cuando la comisión o el estímulo del acto delictivo tuvo origen en la policía o agentes gubernamentales. Este es el caso donde usted cometió la conducta debido a que un agente lo incitó o animó a cometerla, aun cuando usted expresó su deseo de no seguir adelante con la ejecución de la misma.

El procedimiento de registro e incautación fue realizado de manera ilegal

Esta defensa es una de las más comúnmente empleadas. Si la sustancia controlada es descubierta como consecuencia de un procedimiento de registro e incautación ilegal, usted podría impugnar la legalidad del procedimiento realizado ante la Corte. En este caso, aún cuando usted es culpable del delito, como la evidencia fue obtenida ilegalmente, es excluida y por tanto el fiscal no puede probar la posesión de la sustancia controlada.

Por su parte, otras defensas frente a cargos por posesión de una sustancia controlada incluyen mas no se limitan a las siguientes:

  • La sustancia no le pertenecía a usted sino a otra persona
  • La sustancia controlada en cuestión nunca estuvo bajo su control
  • La sustancia controlada descubierta no representaba una cantidad utilizable (se trataba de residuos o restos mínimos)
  • Evidencia insuficiente

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Si usted ha sido arrestado por posesión de una sustancia controlada en San Diego, es importante que busque representación legal de inmediato. Un abogado de posesión de sustancias controladas en San Diego, del Bufete de Defensa Criminal, se encargará de velar por la protección de sus derechos, revisar en detalle los hechos y circunstancias que rodean su caso, y aplicar la estrategia de defensa legal más acertada. Contáctenos hoy al 619-722-5858 y obtenga una consulta totalmente gratuita con nosotros.