Una audiencia de transferencia es un procedimiento judicial en el cual se determina si un menor debe ser procesado como adulto o no. Por lo general, cuando el juez considera que el menor no sacará ningún provecho de los programas juveniles disponibles para tratar sus problemas de conducta, ordena su transferencia a un tribunal de adultos para ser procesado como tal.

Bajo este orden de ideas, el juez es la única autoridad que tiene potestad para decidir si un menor es apto para ser juzgado por un tribunal de menores o se transfiere a uno de adultos. En ocasiones es posible detener estas transferencias, pero para ello necesita la ayuda legal apropiada y en el Bufete de Defensa Criminal podrá encontrarla. Si ha sido acusado de cometer un delito en San Diego, comuníquese de inmediato con nuestro equipo de abogados, nos apersonaremos de su caso.

¿En qué consisten las audiencias de transferencia?

Los menores no siempre son juzgados en un tribunal de menores. Esto se debe a que el juez tiene la potestad de decidir que algunos casos sean procesados por un tribunal penal de adultos. Pero para que esto surta plenos efectos, se llevará a cabo la denominada audiencia de transferencia, un procedimiento particular donde el juez trasladará el caso desde el Sistema de Delincuencia Juvenil al Sistema Penal de Adultos. Una vez que esto suceda, el menor será juzgado como un adulto.

El Sistema de Delincuencia Juvenil, a diferencia del de los Adultos, tiene como propósito principal la rehabilitación y el tratamiento de los menores que han vulnerado la Ley, de modo que se conviertan en miembros productivos para la comunidad en general. En California, este objetivo se logra a través de la implementación de una serie de programas que se aplican teniendo en cuenta los antecedentes penales del delincuente juvenil (si cuenta con alguno) y la gravedad del delito en el que haya incurrido. Algunos de estos programas incluyen: trabajo comunitario, encarcelamiento, detención, escuelas y rehabilitación. En cambio el Sistema Penal de Adultos, busca disciplinar a quienes han infringido la Ley mediante la imposición de castigos que usualmente consisten en cumplir largas penas tras las rejas de una prisión y el pago de las multas judiciales que correspondan, por lo que tiende a ser más punitivo.

Hay que tener en cuenta que las transferencias del tribunal de menores al tribunal de adultos usualmente se realizan cuando el caso es bastante serio, porque la mayoría de los delitos que cometen los menores son juzgados por el primero de éstos. Si bien es cierto que el fiscal puede solicitar que se lleve a cabo la audiencia luego de analizar los hechos del caso, recuerde que solamente el juez puede ordenar esta transferencia, pues es la única autoridad que tiene potestad para hacerlo.

Cuando el fiscal solicita la transferencia del menor hacia un tribunal de adultos, esta autoridad judicial ordena al Departamento de Libertad Condicional preparar un informe sobre los patrones de comportamiento y el historial social del niño. Este informe incluirá, entre otras cosas, una lista de los delitos que ha cometido en el pasado, información proporcionada por los padres acerca de su comportamiento en el hogar, información académica y disciplinaria, así como cualquier servicio de rehabilitación o tratamiento que haya sido puesto a su disposición anteriormente.

Acto seguido se fijará fecha y hora de audiencia, la cual se efectuará luego de la audiencia de detención y antes de la audiencia de adjudicación. En ella, el tribunal tomará en cuenta las pruebas presentadas por el Departamento de Libertad Condicional, el Fiscal del Distrito y el Abogado Defensor del menor y guiándose por una serie de criterios, decidirá si es necesario transferir el niño al tribunal penal de adultos o no.

Si la autoridad judicial determina que debe efectuarse la transferencia, entonces el menor será juzgado como adulto y si es declarado responsable de cometer el delito del cual se le acusa, la sanción será mucho más fuerte comparada con la que el menor pudo haber obtenido de haberse llevado a cabo el juicio ante el tribunal de menores, condenándolo a pasar un largo tiempo en prisión en compañía de otros delincuentes adultos. De ahí que sea tan importante contar con la asesoría de un abogado penalista con experiencia y conocimiento acerca de las regulaciones de ley en California, pues con su ayuda es posible detener la transferencia y evitar la fuerte sanción de tener que cumplir una pena de prisión como las que se le imponen a los adultos.

¿Qué edad debe tener el menor para que sea procedente transferirlo al tribunal de adultos?

De acuerdo con las leyes del Estado de California, un menor puede ser transferido a un tribunal de adultos para ser juzgado como tal, cuando se cumple cualquiera de las siguientes condiciones:

  • El menor tiene 16 o 17 años de edad para la fecha en que el presunto delito fue cometido y enfrenta cargos ya sea por un delito mayor o de uno de los mencionados en la subdivisión b de la sección 707 del Código de Instituciones y Bienestar.
  • El menor tiene por lo menos 14 años para la fecha en que el presunto delito fue cometido, enfrenta cargos por un delito de aquellos enumerados en la subdivisión b de la sección 707 del Código de Instituciones y Bienestar, y fue detenido cuando ya se había convertido en adulto.

Según lo anterior, un niño que tenga 13 años de edad o menos, bajo ninguna circunstancia puede ser juzgado como un adulto en California.

¿Qué otros criterios toma en cuenta el juez para determinar si transfiere o no al menor?

La única manera de que un menor sea juzgado por un tribunal penal de adultos es que un tribunal de menores haya optado por transferirlo al mismo. Decisión que podrá adoptar en la audiencia de transferencia.

Además de la edad, existen otros factores que tiene en cuenta el juez antes de transferir el caso de un menor al Sistema Penal de Adultos. A continuación se mencionan los principales:

  • Los antecedentes penales del menor (en caso de tener alguno).
  • Las circunstancias y la gravedad del delito cometido.
  • Los programas disponibles para tratar los problemas de conducta del menor.
  • El desarrollo intelectual y la madurez psicológica del menor.
  • El entorno social del menor.

Cuando el juez considera que el menor puede beneficiarse de los servicios de rehabilitación, entonces opta por no transferir el caso. Pero cuando determina que no podrá beneficiarse de los mismos, ordena la transferencia.

Otro de los factores que toma en consideración el juez tiene que ver con examinar si el menor en el pasado había recibido tratamiento o rehabilitación y la forma en que respondió al mismo. Si el menor respondió bien al tratamiento anterior por haber mostrado avances o buenos resultados, lo más probable es que la autoridad judicial estime conveniente que podría beneficiarse de algún otro programa de los que se encuentren disponibles. Pero si por más que se han realizado esfuerzos por corregir sus problemas de conducta, el menor no consigue buenos resultados y además cuenta con un largo historial de cometer delitos serios, lo más seguro es que el juez opte por transferirlo.

Ahora bien, las audiencias de transferencia se realizan más que todo en aquellos casos relacionados con los delitos que se encuentran establecidos por la sección 707(b) del Código de Instituciones y Bienestar de California. Este estatuto legal contempla un listado de delitos serios por los que el fiscal podría solicitar al tribunal, que se realice una audiencia de transferencia para que se determine bajo cuál de los dos sistemas será juzgado el menor.

¿Cuáles son los delitos que pueden conducir a la realización de una audiencia de transferencia?

Como se explicó en líneas anteriores, por lo general las audiencias de transferencia se realizan cuando el menor ha incurrido en alguno de los delitos que señala el 707(b) del Código de Instituciones y Bienestar. Lo anterior quiere decir que el Fiscal del Distrito puede promover la realización de una audiencia de este tipo, cuando el menor ha cometido alguno de los delitos especificados en el mencionado estatuto.

No obstante, tenga en cuenta que los menores detenidos entre los 14 y 15 años, no son trasladados a tribunales de adultos a no ser que en el momento de la detención, ya se hubieran convertido en adultos.

A continuación, se mencionan algunos de los delitos por los que usualmente se da inicio a las audiencias de transferencia en California:

  • Intento de asesinato
  • Homicidio voluntario
  • Violación
  • Tortura
  • Secuestro a cambio de un rescate
  • Secuestro con intención de agredir sexualmente
  • Sodomía (empleando amenazas, la fuerza o la violencia)
  • Actos lascivos con un menor de 14 años (empleando amenazas, la fuerza o la violencia)
  • Asalto mediante el uso de armas
  • Incendio provocado de una estructura habitada
  • Incendio provocado que ocasiona lesiones corporales graves
  • Explotar dispositivos destructivos con el propósito de asesinar

Nota: Tenga en cuenta que esta es sólo una parte de la lista, ya que el estatuto contempla otros delitos más.

Ejemplos

A continuación, se mencionan dos ejemplos relacionados con la posibilidad de llevar a cabo una audiencia de transferencia:

  • Un menor de 16 años es arrestado por la policía luego de haber provocado un incendio donde varias personas resultaron gravemente heridas. Como puede verse, el menor incurrió en el delito de incendio provocado que ocasiona lesiones corporales graves (uno de los delitos fijados en la lista de la sección 707(b) del Código de Instituciones y Bienestar). Está claro que bajo tales circunstancias el menor podría tener que someterse a una audiencia de transferencia. Pero además, si cuenta con antecedentes penales por haber cometido delitos de la misma magnitud en el pasado y el juez se percata de que ningún programa de rehabilitación ha ayudado a enderezar su mala conducta, entonces hay motivos razonables para que el juez transfiera el caso a un tribunal de adultos y sea juzgado bajo el Sistema Penal.
  • Un menor de 16 años es arrestado por la policía luego de robar una botella de licor de una tienda local. Como puede verse, el menor incurrió en el delito de hurto en tiendas (un delito que no está fijado en la lista de la sección 707(b) del Código de Instituciones y Bienestar y que tampoco corresponde a un delito mayor). El menor nunca había sido arrestado antes, así que su historial está completamente limpio y además es uno de los estudiantes destacados en la escuela. Bajo tal escenario, no podría someterse al menor a una audiencia de transferencia debido a que el delito no está contemplado en el estatuto mencionado ni es considerado un delito mayor, además el menor no cuenta con antecedentes penales y su información académica indica que es un buen alumno.

¿Es posible apelar el fallo del tribunal?

Cometer cualquiera de los delitos antes mencionados, trae consigo consecuencias legales muy serias, y una de ellas es que se abre la posibilidad de que el caso sea abordado bajo el Sistema Penal que rige para los adultos.

A la audiencia de transferencia el menor puede comparecer en compañía de sus familiares y su abogado, en donde será la autoridad judicial quien adoptará una decisión luego de tomar en consideración los aspectos más relevantes relacionados con el caso: los antecedentes penales, el desarrollo intelectual, la madurez psicológica, la edad y el entorno social del menor, así como la gravedad del delito cometido y los programas de rehabilitación y tratamiento disponibles.

Al emitir la decisión, el tribunal puede optar por transferir o no al menor. Si considera que el menor debe ser transferido al Sistema Penal de Adultos para ser juzgado como uno, no piense que todo está perdido pues aún existe la posibilidad de apelar ese fallo. Al interponer el recurso de apelación en estos casos, lo que se busca es convencer al jurado de que los programas que ofrece el Sistema Juvenil podrían beneficiar al menor, de tal manera que no tenga que efectuarse ninguna transferencia y que en consecuencia no sea juzgado como un adulto.

Para interponer el recurso, es importante tener en cuenta que la petición debe presentarse por escrito y dentro de los 20 días siguientes a la primera lectura de cargos del menor. En últimas será el tribunal de menores quien determine si le asiste la razón y no es necesaria la transferencia, o si por el contrario, debe realizarse. Generalmente cuando el menor tiene antecedentes penales en su historial y el caso en cuestión es severo, el tribunal mantiene en firme su decisión de transferirlo para que sea juzgado de la misma manera en que se juzga a los delincuentes adultos.

Como puede ver, estos casos suelen ser bastante complejos y sólo un abogado calificado con conocimientos y experiencia en el área, puede brindarle la asesoría legal apropiada.

¿Cuáles son las ventajas y desventajas de que el menor sea transferido al tribunal de adultos?

Si bien es cierto que lo ideal es que el menor sea juzgado por un tribunal de menores, existen una serie de ventajas y desventajas de que el caso sea tratado por un tribunal de adultos. A continuación indicamos varias de ellas:

Ventajas del Sistema Penal de Adultos

Una de las ventajas de este sistema es que todo aquel que enfrenta cargos penales (incluyendo a los menores) tiene derecho a un juicio justo y gratuito. Antes de que se profiera una sentencia, el jurado analizará ambos lados de la historia, lo que quiere decir que si su abogado presentó pruebas convincentes en su favor, el tribunal puede determinar que el menor no es culpable de cometer el delito del cual se le acusa. Por ello es importante contar con una buena defensa desde el primer momento, pues sólo de esta forma se incrementan las posibilidades de obtener resultados favorables.

Otra ventaja es que en los tribunales de adultos, los jurados son más indulgentes cuando el acusado es un menor de edad. Tanto es así que antes de adoptar cualquier decisión, solicitarán más pruebas de las que normalmente se piden, las cuales deberán cumplir con las características de ser específicas y concretas. Lo anterior puede significar que el menor reciba menos sanciones a pesar de ser declarado culpable.

Por último, teniendo en cuenta que la población carcelaria representa una cifra bastante considerable en CA, el jurado puede optar por imponer al menor un castigo más leve, lo que en otras palabras significa que podría emitir una sentencia más favorable.

Desventajas del Sistema Penal de Adultos

Desafortunadamente son más las desventajas de ser juzgado por este sistema que las ventajas. Quizás la principal desventaja es que el menor puede ser condenado a pasar un largo tiempo tras las rejas de una prisión junto con otros delincuentes adultos, lo que significa que tendrá que enfrentarse a un castigo severo.

Y ni qué decir del estigma social que se deriva de una condena bajo este sistema penal, pues para la sociedad es más reprochable que un menor sea juzgado por un tribunal de adultos debido a que ello indica que el delito que cometió es un asunto serio. Además, recuerde que las condenas que se imponen a los adultos constituyen un registro público y por tanto deben ser divulgadas.

Por último, es importante tener en cuenta que los programas de tratamiento y asesorías no están disponibles para el menor cuando se le juzga bajo lo dispuesto por el Sistema Penal de Adultos. Lo anterior se debe a que la finalidad de este sistema es distinta, en tanto busca disciplinar a través de la imposición de medidas punitivas, en lugar de brindar asesoramiento.

¿Puede un menor ser sentenciado a la pena de muerte en California?

No. La Corte Suprema de los Estados Unidos dejó esto claro en el año 2005 en el caso de Roper v. Simmons. En éste, la autoridad mencionada sostuvo que dicha sanción constituye para un menor un castigo cruel e inusual en violación a la Octava Enmienda de la Constitución.

¿Cómo evitar que un menor sea juzgado como adulto?

Lo más aconsejable en estos casos es consultar de inmediato el caso con un abogado defensor que tenga tanto los conocimientos, como la experiencia necesaria en el asunto. Su abogado podrá valerse del testimonio de expertos para convencer al juez de que mantenga al niño bajo el Sistema de Delincuencia Juvenil y que en consecuencia sea juzgado por un tribunal de menores, no por uno de adultos.

Así las cosas, un psicólogo o psiquiatra puede evaluar al menor e identificar problemas de salud mental, recomendar un tratamiento apropiado y detectar factores atenuantes que sustenten la permanencia del caso en un tribunal de menores, como por ejemplo la falta de madurez psicológica, la falta de capacidad intelectual, la impetuosidad, el efecto de la presión familiar o de un grupo social sobre las acciones del niño, o la no comprensión de los riesgos y consecuencias del comportamiento delictivo en el que incurrió.

Por su parte, las declaraciones de expertos pueden ser útiles para identificar los servicios de rehabilitación disponibles, de los que el niño podría beneficiarse al permanecer bajo el Sistema de Delincuencia Juvenil y su abogado puede llevar al juicio esta prueba testimonial. Frente a este punto vale la pena recordar que el Sistema Penal de los adultos no ofrece estos programas.

Encontrar asesoría legal de un abogado de leyes criminales de San Diego, CA

El objetivo principal de las audiencias de transferencia es determinar si el menor es apto para ser juzgado en un tribunal de menores o si por el contrario, debe ser juzgado como un adulto.

Cuando un menor es juzgado como un adulto, está propenso a recibir castigos severos teniendo en cuenta que de ser declarado responsable de cometer el delito del cual se le acusa, tendrá que cumplir una sentencia de prisión junto con otros delincuentes adultos. Afortunadamente es posible cambiar el rumbo del caso, al tomar medidas en el asunto y consultar un abogado de leyes criminales.

Si requiere asesoría legal y acompañamiento en la audiencia de transferencia en San Diego, un abogado defensor del Bufete de Defensa Criminal es lo que está buscando. Para mayor información contáctenos al 619-722-5858. ¡Llame ya!