Según la Ley de California, es un delito portar un arma de fuego oculta en su persona o en un vehículo. Este estatuto legal busca proteger a la sociedad del daño potencial que se desprende del sólo hecho de portar un arma de fuego oculta. De modo que, los fiscales pueden formular cargos en razón de este delito, incluso si el arma de fuego no funciona, y en el evento de que se dicte una condena, usted podría tener que enfrentarse no sólo al pago de multas judiciales sino a ser privado de su libertad debido a una sentencia de prisión.

Por esta razón, si actualmente usted enfrenta cargos penales por portar un arma de fuego oculta, es crucial que consulte su caso a la mayor brevedad posible con un abogado defensor del Bufete de Defensa Criminal. Nuestros abogados están fuertemente preparados para actuar en su representación y podrán emplear en su defensa una estrategia sólida e idónea que se ajuste a las circunstancias.

¿Cuál es la definición legal de Portar un Arma de Fuego Oculta?

En el Estado de California de acuerdo con el Código Penal 25400, es un delito portar un arma de fuego oculta.

La referida ley prohíbe específicamente cualquiera de los actos que se mencionan a continuación:

Portar el arma oculta dentro de cualquier vehículo que esté bajo el control o la dirección suya;

Portar el arma oculta sobre su persona; o

Hacer que el arma de fuego se lleve oculta dentro de cualquier vehículo en el que usted se transporte.

Ejemplo

El siguiente es un ejemplo de una situación por la cual una persona puede enfrentar cargos por este delito:

Un hombre tiene que caminar a casa desde el trabajo a través de una zona algo peligrosa, por lo que decide llevar consigo un revólver del cual es dueño de forma legal. El hombre opta por mantener el arma justo en la cintura, con la camisa cubriendo el arma para evitar llamar la atención. En este caso la persona podría ser acusada de portar un arma de fuego oculta a pesar de que sea el propietario legal de la misma, dado que al ocultarla violó lo señalado por el estatuto.

¿Qué elementos debe probar el fiscal para ser condenado bajo PC 25400?

Son tres los elementos que debe demostrar el fiscal para que se profiera una sentencia condenatoria bajo lo señalado por PC 25400. Estos son los siguientes:

Que usted ocultó un arma de fuego en un vehículo o sobre su persona;

Que usted sabía de la presencia del arma oculta; y

Que dicha arma de fuego estaba sustancialmente oculta.

Al respecto, es pertinente dar respuesta a cada uno de los siguientes interrogantes: ¿Qué es un arma de fuego? ¿Cuándo se considera que un arma de fuego está oculta? ¿Qué significa que el arma esté oculta “sobre su persona”?

Pues bien, seguidamente se aportarán mayores detalles para responder estas preguntas y, en consecuencia, comprender mucho mejor los elementos constitutivos del delito.

¿Qué es un arma de fuego?

Un arma de fuego es un dispositivo diseñado para ser utilizado como arma, del cual se expulsa un proyectil a través de un cañón, gracias a la fuerza de una explosión u otra forma de combustión. No obstante, esta definición también incluye cualquier lanzador de proyectiles propulsado por cohetes o dispositivo similar que contenga cualquier material explosivo o incendiario.

Los siguientes son algunos ejemplos de dispositivos que califican dentro de la definición de armas de fuego:

Pistola

Revólver

Escopeta

Rifle

Pistola “taser” o de descargas eléctricas

En cuanto a las escopetas y los rifles, se incluyen también en la definición aquellos que tengan cañón corto.

¿Cuándo se considera que un arma de fuego está oculta?

Como se mencionó anteriormente, lo que la Ley en California penaliza es que una persona porte un arma de fuego oculta (PC 25400). Precisamente está oculta cuando no está a la vista de los demás (ya sea porque usted la llevaba sobre sí mismo o en su vehículo), aunque es posible que el arma esté parcialmente oculta y aún así usted sea declarado responsable de cometer el delito que señala el Código Penal 25400. De hecho, cuando el contorno del arma es claramente visible a través de la ropa, se considera que el arma está oculta.

Ahora bien, en el contexto de un vehículo, se considera que un arma está oculta a menos de que esté en el maletero o en un contenedor cerrado con llave que no sea la guantera.

Ahora bien, es importante tener claro que aquellas armas de fuego que se portan abiertamente en fundas para cinturón no se consideran armas ocultas.

¿Qué significa que el arma esté oculta “sobre su persona”?

Esto quiere decir que usted posee físicamente el arma oculta. En otras palabras, que tiene el arma en sí mismo, ya sea porque la lleva en la mano o en uno de los bolsillos del pantalón, dentro de un bolso o un maletín.

¿Quiénes se encuentran exentos de ser procesados por el Porte de un Arma de Fuego Oculta?

En California, el estatuto legal referente al porte de un arma de fuego oculta, no se aplica a determinadas personas, es decir, hay quienes se encuentran exentos de ser procesados bajo lo señalado por el Código Penal 25400.

A continuación, se indican algunas de las personas que están exentas:

Miembros del ejército

Agentes del orden público (estén laborando actualmente o se encuentren jubilados)

Guardias de bancos o mensajeros

Distribuidores autorizados de armas de fuego

Miembros de clubes u organizaciones de tiro al blanco

Cazadores que tengan licencia y que estén usando o transportando sus armas para el desarrollo de la actividad de caza.

Nota: El anterior listado se refiere a varias personas que se encuentran exentas, pero no las menciona todas. Además, es preciso tener claro que incluso las excepciones señaladas tienen determinadas condiciones como que por ejemplo el arma sólo se use durante la ejecución de ciertas actividades. En cualquier caso, lo más conveniente es siempre consultar con un abogado penalista que tenga conocimiento y experiencia en delitos de armas, en particular sobre el porte de un arma oculta.

¿Cuáles son las sanciones aplicables por Portar un Arma de Fuego Oculta?

Portar un arma de fuego oculta suele ser procesado como delito menor, en cuyo caso se pueden atribuir las sanciones que en adelante se indican:

Libertad condicional,

Cumplimiento de hasta 1 año en prisión del condado, y/o

Imposición de una multa por valor máximo de $1.000.

Sin embargo, cuando se está en presencia de factores agravantes, el delito se convierte de inmediato en un delito mayor o puede que se vuelva un “wobbler”.

Ahora bien, cuando portar un arma de fuego es de inmediato un delito mayor, se contemplan como sanciones las siguientes:

Libertad condicional con hasta un año en prisión del condado,

Cumplimiento de 16 meses, 2 o 3 años en prisión del condado, y/o

Imposición de una multa por valor que no supere los $10.000.

Pero ¿En qué situaciones portar un arma de fuego oculta constituye inmediatamente un delito mayor?

Esto sucede cuando se presenta cualquiera de estas circunstancias:

Al haber sido condenado en el pasado por cometer un delito mayor o cualquier delito relacionado con armas de fuego según las leyes de California,

Cuando el arma de fuego es robada, y usted lo sabía o tenía motivos razonables para creer que había sido robada.

Al estar involucrado en pandillas criminales callejeras,

Al no poseer legalmente el arma de fuego,

Al tener prohibido ser propietario o poseer un arma de fuego (PC 29800)

Al tener prohibido ser propietario o poseer un arma de fuego (PC 29900) por haber cometido o intentado cometer un delito violento como un asesinato, una violación, un secuestro, entre otros.

No obstante, tal como se indicó previamente, puede que el delito se convierta en un “wobbler”, es decir, que pueda ser procesado como delito menor o mayor de acuerdo con el criterio del fiscal, quien para determinar esto deberá tener en cuenta las circunstancias específicas del caso y los antecedentes penales de quien realizó la conducta.

Frente a este punto cabe responder el siguiente interrogante: ¿En qué situaciones portar un arma de fuego oculta se convierte en un “wobbler”?

Pues bien, son dos las situaciones que pueden volver el delito un “wobbler”. A continuación, se explica cada una de ellas:

La primera es que además de portar el arma oculta ya sea en su persona o en un vehículo automotor usted haya sido condenado en el pasado por un delito menor cometido en contra de una persona o una propiedad, o un delito relacionado con las drogas.

La segunda situación señala que puede volverse un “wobbler” en el evento de que el arma de fuego esté cargada o que sus municiones estén en un lugar al que usted pueda acceder fácilmente y que además usted no figure en el Departamento de Justicia como el propietario registrado del arma en cuestión.

¿Qué otras consecuencias se obtienen como resultado de ser condenado bajo lo dispuesto por PC 25400?

Además de las sanciones indicadas anteriormente, ser condenado bajo PC 25400, puede traer consigo otros efectos negativos como los siguientes:

Consecuencias de inmigración. Si usted es un inmigrante legal o un extranjero que se encuentra de forma legal en el país, una condena por portar un arma de fuego oculta puede traer como consecuencia su deportación.

Prohibición de ser dueño o tener la posesión de un arma. Si usted es condenado por el delito mayor de portar un arma oculta se le prohibirá de por vida ser propietario o poseedor de un arma en California. Esta prohibición aplica tanto para las personas adultas, como para aquellos menores que fueron juzgados como adultos.

¿Se puede eliminar la condena por portar un arma oculta de los antecedentes penales?

La respuesta es sí. Sin embargo, para que esto sea posible usted debe haber completado satisfactoriamente el periodo de libertad condicional, o incluso si lo concluye de forma anticipada.

¿Cuáles son las estrategias de defensa que comúnmente se utilizan en estos casos?

En California usted puede ser condenado bajo lo señalado por el Código Penal 25400 incluso si portaba un arma de fuego que no funcionaba. Esto se debe a que los fiscales no necesitan demostrar que su arma de fuego se encuentra en buen estado, en cambio deben probar más allá de toda duda razonable que usted sabía que la portaba y que estaba sustancialmente oculta.

Afortunadamente existen varias defensas que pueden ser utilizadas para confrontar este tipo de cargos. Lo más recomendable es contar con la asesoría legal de un abogado de leyes criminales que debido a su conocimiento y experiencia, pueda identificar y aplicar las estrategias más adecuadas para el caso concreto.

Algunas de las estrategias de defensa que usualmente se emplean para derribar cargos por el porte de un arma de fuego oculta son:

Usted tenía licencia para portar un arma oculta

Usted no sabía que estaba portando un arma de fuego

Usted portaba el arma en defensa propia

El arma estaba en el maletero o en un compartimiento cerrado con llave en su vehículo

El arma oculta estaba en su casa o en su lugar de trabajo

El arma se obtuvo como resultado de un procedimiento de registro e incautación ilegal

Se trata de un caso de mala conducta policial

Usted tenía licencia para portar un arma oculta

Para que este argumento de defensa sea procedente, es necesario que usted demuestre que contaba con una licencia válida para portar un arma oculta.

Esta licencia o permiso, se adquiere luego de completar con éxito un curso de capacitación en armas de fuego y de someterse a una verificación de antecedentes penales. Tenga en cuenta que la solicitud para obtener este permiso se puede interponer ante una agencia local de la policía, pero para que efectivamente se le conceda usted debe demostrar tener una buena razón para obtenerlo, como que exista un peligro claro e inmediato para su vida o la de algún miembro de su familia.

Usted no sabía que estaba portando un arma de fuego

Para que usted sea condenado por portar un arma oculta, es imprescindible que haya tenido conocimiento de que el arma estaba presente. Dicho de otra forma, si usted no sabía o no estaba al tanto de que estaba en posesión de un arma de fuego, no puede ser declarado culpable.

Este tipo de situaciones se presentan en aquellos casos donde alguien más coloca un arma de fuego en el maletín, bolso o en el vehículo de otra persona sin que esta última se de cuenta. Bajo estas circunstancias, dado que no sabía de la presencia del dispositivo, no sería responsable de violar lo dispuesto por el PC 25400.

Usted portaba el arma en defensa propia

Esta estrategia es válida cuando se cumplen ciertas condiciones que se encuentran establecidas por la Ley. En otras palabras, usted puede hacer uso del argumento de defensa propia contra los cargos de portar un arma de fuego oculta únicamente cuando suceda lo siguiente:

-Que usted haya creído de manera razonable que su vida corría un grave peligro, y

-Que usted haya tenido tal creencia basándose en amenazas específicas en su contra o una conducta que de otro modo justificaría una orden de restricción.

El arma estaba en su vehículo, pero en el maletero o en un compartimiento cerrado con llave

Esta defensa es bastante particular, ya que de hecho constituye una excepción a la regla general según la cual portar un arma oculta en el vehículo es considerado como un delito.

Bajo este orden de ideas, la excepción señala que cuando el arma de fuego, ya sea la pistola, el revólver, o cualquier otra arma perteneciente a esta categoría, se encuentre en el maletero o en un compartimiento cerrado con llave dentro del vehículo automotor (excluyendo la guantera), y además usted tenga legalmente el derecho a ser el propietario o a poseer el arma de fuego, entonces no puede ser declarado culpable de infringir lo dispuesto por PC 25400.

El arma se obtuvo como resultado de un procedimiento de registro e incautación ilegal

Esta táctica de defensa encuentra fundamento en los derechos constitucionales de la Cuarta Enmienda, los cuales lo protegen a usted de registros e incautaciones que no son razonables. En este sentido, si un oficial de policía registra su vehículo automotor sin tener ya sea una orden para registrar que haya sido emitida en forma válida o que tenga una causa probable para el registro, dicho oficial puede haber violado tales derechos.

Como puede verse, para que el oficial pueda realizar el procedimiento de registro debe tener cualquiera de las siguientes:

-Una orden de registro válida, la cual autoriza el registro de una persona/propiedad. Esta orden tiene determinado alcance, el cual deberá cumplirse de forma rigurosa, o

-Una causa probable para registrar, que se refiere a tener la creencia razonable de que usted está involucrado en una conducta delictiva o que representa una amenaza para la seguridad del oficial. Un ejemplo puede ser que usted estuviera acelerando cada vez más la velocidad a la que conducía el vehículo, o que estuviera estacionado en un lugar donde no está permitido hacerlo y que el oficial se le acercara y usted no cooperara con él, o

-El consentimiento suyo para que se lleve a cabo el registro.

Teniendo en cuenta lo expuesto, si el arma de fuego en cuestión fue descubierta y confiscada durante un procedimiento de registro e incautación ilegal y usted a través de su abogado defensor logra el convencimiento del juez, muy probablemente los cargos por porte de un arma oculta se desestimen.

El arma oculta estaba en su casa o en su propio negocio

Si usted tiene derecho a la propiedad o la posesión de un arma de fuego, puede portar dicha arma oculta en su propia casa o en el negocio del cual necesariamente debe ser dueño (no puede tratarse del lugar donde simplemente trabaja).

Un dato importante acerca de esta regla es que no se aplica para quienes viven y/o trabajan en sus vehículos. No obstante, se permite a los conductores de taxis que mantengan sus armas ocultas en el interior de sus vehículos sin que ello sea considerado como una violación a la ley de porte de arma oculta en California.

Se trata de un caso de mala conducta policial

Por último, esta defensa legal señala que el oficial de policía incurrió en mala conducta ya sea porque colocó un arma oculta en usted o en el vehículo suyo; mintió en el reporte policial al señalar que el arma estaba oculta cuando no fue así; o lo coaccionó a usted para obtener una confesión.

Las anteriores son algunas acciones que denotan mala conducta del oficial, aunque no son las únicas. En cualquier caso, ante la sospecha de cualquier conducta indebida por parte de los oficiales de policía, es posible elevar una petición denominada “Pitchess Motion” para de esta forma saber si en el pasado se han presentado casos similares con respecto a dicho oficial en específico, es decir, si previamente alguien ha denunciado que el oficial ha tenido comportamientos semejantes.

Si se logra establecer que, en efecto, se trata de un caso donde hubo mala conducta por parte del oficial de policía, es posible que se desestimen los cargos bajo PC 25400.

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Si usted o alguno de sus seres más queridos ha sido acusado de portar un arma de fuego oculta, es importante que actúe de inmediato y consulte con un abogado defensor que tenga experiencia en el asunto.

En el Bufete de Defensa Criminal, nuestro equipo de abogados está altamente capacitado y podrá emplear en su defensa, la estrategia más apropiada teniendo en cuenta las particularidades de su caso. Para obtener más información y recibir una consulta gratis con nosotros, comuníquese hoy marcando al 619-722-5858. Deje todo en manos de profesionales ¡Llame ya!