En la actualidad, debido al auge de la tecnología, los teléfonos celulares, computadores y otros dispositivos electrónicos, cada vez es más fácil tener acceso a internet. Si bien es cierto que el internet trae muchas ventajas ya que permite obtener información en tan sólo cuestión de segundos, facilita la interacción con otras personas y el acceso al aprendizaje, también tiene sus desventajas.

En Estados Unidos la actividad maliciosa en línea ha ido en constante aumento, lo que quiere decir que conductas delictivas como: el acecho, las amenazas criminales, o la publicación de información dañina en internet, cada vez son más frecuentes. Tratar de causarle daño a su pareja actual o anterior al publicar en línea información personal de ella, sin su autorización, es un delito, y las autoridades de California se lo toman muy en serio.

Si usted ha sido acusado de publicar información dañina en internet de otra persona, es indispensable que consulte cuanto antes su situación con un abogado defensor de San Diego del Bufete de Defensa Criminal. Nuestro selecto grupo de abogados se encargará de velar por la protección de sus derechos y construirá una defensa sólida conforme a los hechos específicos de su caso. ¡Contáctenos ya!

¿Qué sucede cuando se publica información dañina en internet?

De acuerdo con la ley de California, cuando una persona utiliza un dispositivo electrónico para publicar información de otra en la web, con el propósito de causarle daño, o incitar al acoso, se considera que ha cometido un delito. Este delito es comúnmente conocido con el nombre de “acoso cibernético indirecto”, precisamente porque quien lo comete, pretende por medio de las tecnologías digitales, que una persona sea víctima de acoso o intimidación por parte de los demás.

En términos generales, el acoso puede describirse como un curso de conducta que busca generar una verdadera incomodidad o molestia en otra persona, llegando incluso a causar alarma, atormentar o aterrar a la víctima. Ahora bien, el acoso se realiza a través de comunicación electrónica cuando se distribuye o envía información sobre otra persona en Internet, y dicha información se utiliza con el propósito de animar a que otros la acosen o lastimen.

Quizás le cause sorpresa saber que, si usted publica material o información dañina sobre otra persona en redes sociales, blogs, mensajería instantánea, o cualquier sitio web, sin tener autorización para hacerlo y con el objetivo de incitar al acoso por parte de terceros, existe la posibilidad de que termine tras las rejas cumpliendo una condena de prisión, además de tener que responder por el pago de una multa, según lo estime conveniente el juez. De ahí que una acusación de este tipo, no deba ser tomada a la ligera.

No obstante, recuerde que el hecho de ser acusado de cometer un delito, no significa necesariamente que usted será condenado por éste. Y para que se profiera una condena, el fiscal tiene la carga de probar en el juicio una serie de elementos.

¿Qué elementos debe probar el fiscal para ser condenado por publicar información dañina en internet?

Según el Código Penal Sección 653.2, son varios los elementos que deberán ser probados por el fiscal de la acusación para que se profiera una condena por este delito. Estos son:

  • Que usted utilizó un dispositivo de comunicación electrónica para distribuir o colocar a disposición de otros para su descarga, información personal de un individuo;
  • Que usted distribuyó el material sin el consentimiento del individuo;
  • Que usted transmitió la información con la intención de causar daño, o incitar al acoso del individuo; y
  • Que usted logró que el individuo reconociera el objetivo propuesto de causarle temor.

A continuación, se explica cada uno de estos elementos con mayor detalle:

Utilizar un dispositivo electrónico

Como puede verse, uno de los elementos esenciales es que usted haya utilizado un dispositivo electrónico para distribuir la información personal del individuo. Pues bien, los teléfonos celulares, las máquinas de fax, las grabadoras de video, las computadoras, los sitios o páginas web de internet, son algunos ejemplos de dispositivos de esta naturaleza. No obstante, tenga en cuenta que cualquier otro dispositivo de comunicación electrónica que facilite la publicación de información en línea se incluye también dentro de esta categoría.

Distribuir material sin el consentimiento del individuo

Con respecto a actuar sin el consentimiento del individuo, está claro que, solamente podrá ser declarado culpable de publicar información dañina en línea, si no tenía permiso o autorización para distribuir el material. El consentimiento no es más que un acuerdo formal para emprender una determinada acción, lo que significa que usted obtiene el consentimiento de alguien más, cuando esa persona accede a su petición. Por este motivo, cuando una persona no da su consentimiento para emprender una acción, y aun así usted lo hace, es evidente que está vulnerando sus derechos.

Intención de causar daño o incitar al acoso

La mayoría de personas que publican información dañina en internet, que involucra a otra, lo hacen para provocar temor en la misma. Es por esta razón que el fiscal de la acusación, debe demostrar que la intención que usted tenía era de infundir temor de acoso a la presunta víctima. De modo que, si la información que publicó no tenía dicha intención, entonces no es dañina y, por tanto, no habría lugar a una condena.

Al respecto, vale la pena señalar que usted puede ser declarado responsable de cometer este delito, incluso si nadie acosa o molesta a la presunta víctima.

Cumplir el objetivo propuesto de causar temor

Por último, para que usted sea declarado culpable de publicar información dañina en línea, es necesario que cumpla con el objetivo propuesto, es decir, que en efecto haya causado un temor en el individuo de ser lastimado o acosado.

El individuo reconoce este objetivo a partir del momento en que levanta una voz de alarma con respecto al material que ha sido publicado en línea.

¿Cómo se relaciona el acoso cibernético indirecto con la violencia doméstica?

Publicar material dañino en línea para incitar al acoso, es considerado un delito de violencia doméstica, cuando involucra a la pareja íntima.

Pero ¿Qué se entiende por pareja íntima? De acuerdo con las leyes de California relacionadas con la violencia doméstica, una pareja íntima puede ser cualquiera de las siguientes:

  • Un cónyuge actual o anterior
  • Un prometido(a) actual o anterior
  • Una persona con la que actualmente vive o vivió en el pasado
  • Una persona con la que ha tenido un hijo
  • Una persona con la que ha estado saliendo o con quien salió en el pasado

Como puede verse, el término “pareja íntima” no se limita solamente a la pareja actual, sino que también abarca la persona con la que tuvo una relación en el pasado.

Bajo este orden de ideas, siempre que publique material personal de su pareja íntima en internet, sin tener autorización, y con intención de incitar a que otros la acosen o lastimen, podrá ser acusado de acoso cibernético indirecto. Y bajo tales circunstancias, la ley considera que usted ha cometido un delito de violencia doméstica.

Ejemplo

A continuación, se presenta un ejemplo de acoso cibernético indirecto en relación con las leyes sobre violencia doméstica de California:

Un reconocido influencer en redes sociales con miles de seguidores, acaba de terminar una relación seria de más de 5 años con su novia. El hombre enciende su computadora y decide postear en Facebook una foto de su ex pareja, y en el pie de foto deja una lista de lugares que ella frecuenta y que le encantaría que los demás le ayudaran a darle una lección.

En este caso el hombre es culpable de publicar información dañina en internet, dado que utilizó un dispositivo de comunicación electrónica para circular información personal de su ex pareja, con la clara intención de que otras personas se comportaran de tal manera que la mujer se sintiera alarmada o sintiera temor de ser acosada.

¿En qué se diferencia el acoso cibernético indirecto de las amenazas criminales?

Ambos delitos se presentan comúnmente en el contexto de la violencia doméstica, pero se trata de dos delitos diferentes, por lo que están regulados por leyes distintas.

Según lo señalado por el Código Penal Sección 422, amenazar con matar o causar una lesión física grave a otra persona, es un delito en California. Estas amenazas criminales deben cumplir ciertos requisitos para ser consideradas como tal, y en este sentido deben ser inmediatas, claras, específicas e incondicionales, pudiendo realizarse en forma verbal, por escrito o a través de medios electrónicos. Además, llevan consigo la intención específica de provocar en el individuo, un temor razonable por su seguridad o la de su núcleo familiar.

Por su parte, el Código Penal Sección 653.2, referente al acoso cibernético indirecto, señala que en California también es un delito utilizar dispositivos de comunicación electrónica para publicar material de otra persona en línea, sin su permiso, y con la intención de lastimarla o acosarla, causando con ello un temor en la víctima.

Con la sola definición legal de ambos delitos, es posible señalar dos diferencias fundamentales:

  • Si se compara el acoso cibernético indirecto con las amenazas criminales, estas últimas pueden ser más serias teniendo en cuenta lo alarmante que podría resultar para alguien, ver comprometida su propia vida o la de sus seres más queridos una vez comunicada la amenaza de muerte.
  • Las amenazas criminales pueden llevarse a cabo a través de diferentes medios: verbal, escrito, o electrónico. En cambio, el acoso cibernético indirecto se realiza a través del empleo de dispositivos de comunicación electrónica.

¿Cuáles son las sanciones que se aplican por publicar información dañina en internet?

Publicar contenido o material dañino en el internet es un delito menor según la ley del Estado de California.

Dentro de las sanciones que se aplican por cometer este delito, se encuentran las siguientes:

  • Tiempo máximo de 1 año en una prisión del condado, y/o
  • Multa por valor de hasta $1.000

No obstante, se contempla la posibilidad de que se conceda el beneficio de libertad condicional informal, lo cual muchas veces se logra gracias a la labor del abogado, quien luchará por convencer a la Corte para que le permita acceder a ella. De ser este el caso, usted deberá darle estricto cumplimiento a una serie de condiciones específicas, tal como lo disponga el juez, pues en caso de no hacerlo, se restablecerá la sentencia inicial, lo que quiere decir que no tendrá más remedio que ir a prisión.

Algunas de las condiciones específicas que pueden imponerse bajo el régimen de libertad condicional informal son:

  • Pagar la multa y los gastos judiciales.
  • Participar obligatoriamente en terapia grupal o individual.
  • Prestar servicio comunitario.
  • Presentarse ante la Corte en todas las fechas programadas.
  • Someterse a una orden de restricción. Si el juez emite dicha orden, deberá mantenerse lejos de la persona y evitar cualquier contacto físico o electrónico.

Por último, tenga en cuenta que este régimen de libertad condicional informal, tiene una duración de mínimo 36 meses.

¿Cómo defenderse de cargos por publicar información dañina en internet?

Tal como se mencionó en un comienzo, el hecho de que usted sea acusado de haber publicado información dañina en línea, no quiere decir que necesariamente vaya a ser condenado. Antes de que algo como esto suceda, primero se deberá llevar a cabo un juicio donde se determine si es responsable o no en los hechos. Con la orientación de un abogado defensor con experiencia, que emplee las defensas legales pertinentes, aumentan las posibilidades de que los cargos se reduzcan o que, en el mejor de los escenarios, se desestimen por completo.

Algunas de las defensas legales disponibles, que podrían ser útiles para su caso son:

  • Falta de intención de causar daño
  • Evidencia insuficiente
  • Mala conducta policial
  • Coerción
  • Coacción
  • Inocencia
  • Intoxicación involuntaria
  • Retiro de la información

Falta de intención de causar daño

Para que lo condenen por publicar información dañina en internet, el fiscal debe probar que usted tenía la intención de dañar a un individuo. De modo que, si usted no tuvo ninguna intención de lastimar a la presunta víctima, entonces tiene un argumento de defensa válido que podrá emplear en su caso.

Sin embargo, tenga en cuenta que, al usar esta defensa debe aceptar que publicó el material o información, para luego demostrar que no tuvo intención de infundir temor en el individuo. Una vez se establezca lo anterior, no habrá razón para emprender acciones legales en su contra, lo que significa que no podrá ser declarado culpable de cometer ningún delito.

Evidencia insuficiente

Como se mencionó antes, el fiscal debe demostrar una serie de elementos para que usted sea condenado por el delito de publicar información dañina en internet. Dichos elementos no son tan fáciles de establecer, y su abogado defensor podría generar una duda razonable, al encontrar y poner de manifiesto los puntos débiles del caso.

Si el fiscal no puede probar todos los elementos más allá de la duda razonable, entonces no hay suficiente evidencia como para proferir una condena.

Mala conducta policial

La mala conducta policial se refiere a toda acción ilegal o inapropiada realizada por agentes de la policía. En este sentido, cuando un agente no lee sus derechos miranda durante el arresto, o lleva a cabo registros ilegales, está incurriendo en mala conducta.

Al respecto, recuerde que las disposiciones constitucionales señalan que el agente que lo arreste debe leerle los derechos que usted tiene bajo las circunstancias. Si el agente no lo hizo, la información que recopiló en su contra, puede que carezca de valor en la Corte.

Por su parte, al realizar un procedimiento de incautación o registro, los agentes que lo realicen deben contar una orden judicial válida. De lo contrario, todas las pruebas que se recopilen podrán ser rechazadas en la Corte.

Con respecto a esta estrategia de defensa, cabe mencionar que incluso si la policía violó sus derechos, la desestimación del caso no está garantizada, sin embargo, su abogado puede utilizar el argumento de la mala conducta policial con el propósito de que sean reducidos los cargos.

Coerción

La coerción significa verse obligado a realizar una actividad, que bajo circunstancias normales no habría realizado. Su abogado puede utilizar este argumento en su defensa si una persona lo forzó a llevar a cabo la conducta delictiva de publicar contenido dañino en línea.

Sin embargo, para que esta defensa sea válida, es necesario probar el elemento específico que se usó para forzarlo a cometer el delito.

Coacción

La coacción involucra a una persona que tiene autoridad, como la policía.  Una persona que tiene poder, puede obligarlo a publicar información que podría ser perjudicial para alguien más.

Inocencia

Se trata de una defensa legal común que puede ser empleada en cualquier proceso penal y que se basa en negar estar involucrado en la presunta conducta delictiva de la cual se le acusa. Si enfrenta cargos bajo lo dispuesto por el Código Penal 653.2, puede negar haber publicado información dañina de otra persona.

Con la orientación legal adecuada de un abogado penalista con experiencia, usted puede demostrar que no estuvo involucrado de ninguna forma en la conducta, por lo que los cargos podrían retirarse.

Intoxicación involuntaria

Hay situaciones donde por estar bajo la influencia de las drogas o el alcohol, se actúa sin pensar en las consecuencias de los actos. Sin embargo, la intoxicación no puede utilizarse como defensa legal a menos de que haya sido involuntaria. Por ejemplo, si alguien lo drogó a usted, y como resultado, al estar bajo los efectos de una sustancia controlada, publicó material dañino en internet, su abogado puede argumentar esto en su defensa. No obstante, para que esta defensa sea válida, será necesario demostrar que la intoxicación fue en contra de su voluntad.

Retiro de la información

Al usar esta defensa legal, lo primero que debe hacer es aceptar que hizo circular información dañina sobre la presunta víctima en línea, para luego demostrar que tan pronto como se dio cuenta de que el material incitaba al acoso, la retiró, es decir, la bajó de internet.

En muchas ocasiones las personas realizan publicaciones al estar enojadas, y cuando pasa el enojo y vuelven a ver lo que han publicado, comprenden el impacto de su acción, por lo que deciden eliminarla.

¿Qué otros delitos se relacionan con publicar información dañina en internet?

Hay varios delitos que están estrechamente relacionados, a continuación, se mencionan dos de ellos:

  • Porno-venganza. Según lo dispuesto por el Código Penal de California Sección 647(j)(4), es un delito distribuir intencionalmente imágenes con contenido sexual de otra persona, sobre las que se había acordado que permanecerían en privado, para causar angustia emocional en la víctima. Se trata de un delito menor por el cual se atribuye pena de prisión de hasta 6 meses y/o multa por valor máximo de $1.000.
  • Mensajes de texto, llamadas telefónicas y correos electrónicos molestos. De acuerdo con el Código Penal de California Sección 653m, es un delito realizar de forma reiterada, llamadas telefónicas obscenas para molestar, o acosar a una persona. Este estatuto también sanciona el envío de correos electrónicos y mensajes molestos. Se trata de un delito menor por el cual también se atribuye pena de prisión de hasta 6 meses y/o multa por valor máximo de $1.000.

Contactar un abogado de publicar información dañina en internet de San Diego, CA

Son muchas las formas en que una persona puede incurrir en violencia doméstica, por eso las leyes de California, en un intento por luchar contra los delitos que involucran a la pareja íntima y que se cometen en línea, ha creado un estatuto específico para sancionar a todo aquel que publique información dañina a través de internet.

Si actualmente enfrenta cargos por publicar material dañino en internet, es importante que se ponga en contacto de inmediato con un abogado penalista en San Diego del Bufete de Defensa Criminal. Nuestro equipo legal evaluará minuciosamente los detalles de su caso y sabrá emplear los argumentos de defensa adecuados con el fin de obtener los mejores resultados posibles.

Para discutir sus opciones legales, contáctenos marcando al 619-722-5858 y recibirá una consulta inicial completamente gratuita y confidencial. ¡Llame ya!