En la actualidad, las personas dependen en gran manera tanto de la electricidad, como de los teléfonos para conectarse a diario y comunicarse entre sí. Estas líneas son también necesarias en el evento de que se presente cualquier emergencia, pues sólo a través de ellas, es posible que una persona se comunique con el personal de respuesta a emergencias. Es por esto, que el daño, obstrucción, remoción o desconexión de los cables, en forma maliciosa, puede llevarlo a enfrentar cargos penales.

De hecho, en muchas ocasiones este delito se imputa cuando las personas involucradas en incidentes de violencia doméstica, dañan las líneas de teléfono para evitar que la otra parte realice una llamada de emergencia al 911 o a las autoridades de policía, o alguna otra llamada con el propósito de pedir ayuda.

A su vez, otros actos que se realizan con frecuencia y que implican dañar líneas telefónicas o eléctricas, se refieren a aquellos casos donde se cometen daños en un esfuerzo por adquirir electricidad de forma ilegal, o en un intento por robar los servicios de televisión por cable de alguien más.

¿Enfrenta cargos por dañar líneas telefónicas, eléctricas o de servicios públicos en San Diego, CA? Consulte un abogado de inmediato

Aunque por lo general una violación de lo dispuesto por esta ley es considerada como un delito menor, en ciertas circunstancias también puede ser procesada como un delito mayor. La determinación acerca de si la conducta será tratada como un delito menor o un delito mayor recae en el fiscal, quien a su discreción decidirá teniendo en cuenta los hechos específicos del caso y los antecedentes penales que usted tenga, en caso de tener alguno.

Si usted o alguien cercano ha sido acusado de dañar líneas telefónicas, eléctricas o de servicios públicos, es imprescindible que contacte cuanto antes un abogado defensor de San Diego del Bufete de Defensa Criminal para discutir las opciones legales disponibles para su caso.

Un abogado de dañar líneas telefónicas, eléctricas o de servicios públicos de San Diego del Bufete de Defensa Criminal puede brindarle la asistencia legal de calidad que usted tanto requiere en estos instantes. No hay tiempo que perder ¡Comuníquese con nosotros ya!

¿En qué consiste el delito de dañar líneas telefónicas, eléctricas o de servicios públicos?

De acuerdo con el Código Penal de California en su Sección 591, constituye un delito que una persona:

  • Destruya;
  • Dañe;
  • Remueva;
  • Obstruya; o
  • Desconecte

Maliciosamente cables de teléfono, servicio eléctrico o cualquier otro equipo mecánico conectado a los cables.

Los siguientes son ejemplos de situaciones por las cuales una persona puede tener que enfrentar cargos con ocasión de este delito:

  • Una mujer que desea vengarse, corta a propósito el cable de televisión de uno de sus vecinos.
  • Un hombre desconecta uno de los cables eléctricos del vecindario, para ocasionar un apagón o una interrupción en el suministro de electricidad.
  • Un hombre le quita la batería del teléfono inalámbrico de otra persona para evitar que el individuo haga uso de este.
  • Una mujer daña las líneas telefónicas con la intención de cometer otro delito como por ejemplo agresión, robo/allanamiento de morada, abuso, asesinato.

Ahora bien, cuando una persona intenta robar energía de los cables eléctricos en su vecindario, para ahorrarse dinero en las facturas de electricidad, podría ser procesada por dañar maliciosamente dichas líneas o por realizar una conexión ilegal y no autorizada a las líneas eléctricas.

Hay casos donde se imputan otros cargos además de daños en las líneas. Como cuando una persona ingresa en una propiedad mientras sus ocupantes dormían, para robar joyas costosas, y estando adentro, corta las líneas de teléfono y de electricidad. En este caso, la persona será acusada de robo residencial, más conocido como allanamiento de morada, pero también enfrentará cargos por dañar las líneas telefónicas y eléctricas.

¿Qué debe probar el fiscal para que se profiera una condena por dañar líneas telefónicas, eléctricas o de servicios públicos?

El fiscal debe probar dos elementos, más allá de toda duda razonable, para que usted sea condenado por dañar líneas de teléfono, servicio eléctrico o servicios públicos. Estos son:

  • Que usted ilegalmente destruyó, dañó, removió, obstruyó o desconectó una línea de telégrafo/teléfono/televisión por cable/eléctrica o equipo mecánico conectado a la línea; y
  • Que usted lo hizo maliciosamente

Usted también puede ser condenado por este delito si el fiscal puede demostrar que usted hizo una conexión ilegal de forma maliciosa con cualquier otra línea que no sea telefónica, telegráfica o de telefonía por cable, utilizada para conducir o adquirir electricidad.

Para los efectos de esta ley, una persona actúa maliciosamente cuando intencionalmente comete un acto ilícito o actúa con la intención ilegal de molestar o lastimar a otra persona. Por ende, si usted no actuó de forma maliciosa, el fiscal no puede condenarlo por dañar líneas eléctricas, telefónicas o de servicios públicos.

Un ejemplo de esto sería el caso de una persona que trata de reparar su cable debido a que la compañía de cable no le brindó la asistencia adecuada, y en el intento, daña accidentalmente una línea provocando así, la pérdida de conexión de cable de todo el vecindario. En este caso particular, la persona no enfrentará cargos debido a que a pesar de que ocasionó un daño en la línea, su intención no fue maliciosa, por lo que no es responsable penalmente según el Código Penal de California 591.

Nota: Pese a que el estatuto se refiere a cortar o dañar una línea telefónica, los tribunales han interpretado sus disposiciones de manera amplia, para que se aplique siempre que una persona dañe el equipo telefónico de otra. De modo que, usted también es culpable de dañar líneas de teléfono, eléctricas o de servicios públicos si extrae la batería del teléfono celular de alguien más, pues al hacer esto el teléfono ya no se puede utilizar.

¿Cuál es la diferencia entre el vandalismo y dañar líneas de teléfono, servicio eléctrico o servicios públicos?

De acuerdo con la ley en California, el delito de vandalismo consiste en maliciosamente dañar, destruir o distorsionar la propiedad de otra persona.

Si bien es cierto que ambos delitos tienen una naturaleza similar, la diferencia entre ellos radica en que el estatuto que prohíbe la conducta de vandalismo, se aplica al daño de cualquier propiedad, en cambio lo señalado por la sección 591 del CP, como su nombre lo indica, se centra únicamente en el daño de las líneas eléctricas, telefónicas y de servicios públicos.

Al comparar ambos delitos que atentan contra la propiedad, es posible notar que el dañar las líneas telefónicas, eléctricas o de servicios públicos se trata con más severidad al imponerse fuertes sentencias en el evento de una condena. Esto se debe a la gran importancia que tienen los servicios de electricidad y de teléfono hoy en día. Las personas se comunican entre sí a través de Internet y lo utilizan tanto en el lugar de trabajo como en el hogar. Con fines de negocios y por placer.

¿Cuáles son las sanciones que se imponen como resultado de una condena por cortar líneas de teléfono, eléctricas o de cable?

Infringir lo dispuesto por la sección 591 del CP, constituye un “wobbler”. Dicho de otra forma, una violación de este estatuto puede ser procesada en California como un delito menor o delito mayor, a discreción del fiscal, teniendo en cuenta factores como sus antecedentes penales y las circunstancias que rodean el caso.

Si se trata de una condena por delito menor de acuerdo con esta sección del Código Penal de California, se atribuye como sanción el cumplimiento de tiempo en prisión del condado por hasta 1 año y una multa por un valor que no exceda la suma de $1.000. No obstante, vale la pena mencionar que el juez tiene la autoridad para otorgar libertad condicional sumaria, en lugar de la pena de prisión.

Por su parte, si se trata de una condena por delito mayor, la sanción que se impone consiste en el cumplimiento de máximo 3 años de prisión bajo el programa de realineación de California y multa por un valor que no supere la suma de $10.000. También se contempla la posibilidad de que se otorgue libertad condicional formal.

Con respecto al programa de realineación de California, éste fue promulgado en el año 2011 para permitir que las personas condenadas por delitos mayores menos graves, cumplan sus condenas en prisiones del condado, en lugar de prisiones estatales. De modo que, si su ofensa no involucró violencia, usted califica para este programa.

Tenga en cuenta que si usted dañó las líneas al mismo tiempo que cometió otro delito, también puede enfrentar sanciones adicionales relacionadas con cualquier otro cargo, por el que un jurado lo condene.

Asimismo, otras consecuencias podrían incluir una demanda civil interpuesta por la presunta víctima. Esto quiere decir, que es posible que usted se enfrente a una responsabilidad financiera adicional en el evento de ser demandado en un caso civil por daños punitivos, además de tener que cubrir el costo de las reparaciones.

¿Cuáles son las defensas comúnmente empleadas frente a cargos por dañar líneas telefónicas, eléctricas o de servicios públicos?

Enfrentar una acusación por dañar líneas de teléfono, eléctricas o de servicios públicos puede ser todo un desafío, si no cuenta con un abogado defensor competente y con experiencia en este tipo de asuntos. Por esta razón, usted necesita a su lado un abogado altamente preparado y capacitado.

En el Bufete de Defensa Criminal, nuestro equipo legal tiene amplio conocimiento en aquellos delitos contra la propiedad y conoce las defensas legales efectivas que se pueden emplear teniendo en cuenta los detalles de su caso.

A continuación, se indican algunas de las defensas que comúnmente se emplean con el fin de refutar cargos por dañar líneas de teléfono, eléctricas o de servicios públicos:

  • Usted no actuó maliciosamente
  • Usted actuó bajo necesidad
  • Usted fue víctima de acusaciones falsas
  • Usted fue víctima de un error de identidad
  • Confesiones obtenidas bajo coacción
  • Coartada
  • Se trató de un accidente

Usted no actuó maliciosamente

Uno de los elementos que constituyen el delito es que usted haya actuado de manera maliciosa. De tal forma, que una defensa consiste en demostrar que usted no actuó con esta intención y, por tanto, no debería ser declarado culpable de dañar las líneas de teléfono o eléctricas.

Usted actuó bajo necesidad

La defensa de necesidad es aquella mediante usted esencialmente trata de evitar la culpa, al demostrar que tenía una razón lo suficientemente buena como para cometer el delito. En este caso, usted podría intentar probar que desconectó o dañó una línea porque no tenía otra opción.

Usted fue víctima de acusaciones falsas

Con mucha frecuencia, especialmente en aquellas denuncias por violencia doméstica, una persona motivada por sentimientos de rabia o venganza puede acusar falsamente a otra, para que ésta última sea injustamente condenada. Lo más conveniente en estos casos es contratar de inmediato los servicios de un abogado competente que pueda probar que las acusaciones en su contra no son ciertas.

En cualquier caso, vale la pena resaltar que, si usted no destruyó, dañó, removió, obstruyó, o desconectó una línea de teléfono, eléctrica o de servicios públicos, no puede ser declarado culpable de quebrantar lo dispuesto por la sección 591 del Código Penal.

Usted fue víctima de un error de identidad

La identidad errónea ha llevado a que muchas personas sean condenadas por delitos que no cometieron. Esto suele ocurrir cuando la apariencia, la vestimenta o el vehículo que conducía el verdadero autor de la conducta, se asemeja a usted.

También se presentan errores de identidad cuando se hace una suposición de que usted es responsable del delito. Si por ejemplo usted ha tenido problemas con la policía anteriormente y sus vecinos tienen conocimiento de ello, es fácil para ellos asumir que usted fue quien cometió el delito. De la misma manera, si las líneas telefónicas o eléctricas se dañaron y lo ven a usted viniendo de esa dirección, alguien puede identificarlo erróneamente como el perpetrador. Eso sucede cuando la descripción del testigo ocular coincide con la apariencia suya.

Por lo anterior, es recomendable contar con un buen abogado defensor con experiencia en este tipo de asuntos, que pueda demostrar que se trata de un caso de identidad errónea.

Confesiones obtenidas bajo coacción

A veces durante los interrogatorios de la policía, usted es obligado a confesar involuntariamente, la responsabilidad del delito. Si la policía utilizó estrategias de interrogatorio ilegales, su abogado podría en su defensa, sembrar dudas acerca de las pruebas presentadas.

Algunas de las estrategias que van en contra de la ley consisten en: interrogatorios constantes incluso después de solicitar la presencia de un abogado; negar agua o comida; golpearlo o realizar amenazas de daño o castigo; emitir falsas promesas de ser indulgente con usted si confiesa haber cometido el delito, entre otras.

Cuando se emplea alguna de las tácticas descritas, una persona inocente podría darse por vencida y admitir su responsabilidad en un desespero por encontrar alivio. Frente a esto, si su abogado defensor logra demostrar ante la Corte que su confesión fue forzada, ésta puede ser excluida del caso.

Coartada

Emplear esta defensa en un procedimiento penal significa que usted no estaba en la escena del crimen cuando éste tuvo lugar. De modo que, usted no pudo cometer el delito puesto que estaba en otro lugar.

Sin embargo, para que esta defensa sea exitosa, su abogado debe presentar testigos que testifiquen que usted se encontraba en otro lugar, en el momento en que ocurrió el delito. A su vez, los recibos de su tarjeta de crédito, las grabaciones de vigilancia, entre otro tipo de evidencia, pueden ser útiles para demostrar que usted no pudo haber dañado las líneas de teléfono, eléctricas o de servicios públicos. Si la evidencia logra el convencimiento de la Corte, los cargos en su contra deberán ser retirados.

Se trató de un accidente

La defensa de accidente, es la más utilizada en estos casos. Según ésta, si bien usted pudo haber dañado una línea de teléfono o eléctrica, lo hizo por accidente. Es decir que, si se trató de un accidente, entonces usted no actuó a propósito, e independientemente de lo descuidado que haya sido, no se justifica una condena según lo establecido por la sección 591 de CP.

Por ejemplo, si una persona está conduciendo por un camino resbaladizo y el vehículo automotor se sale de control, por lo que golpea un poste de teléfono y en consecuencia daña las líneas del mismo, como se trató de un accidente, no deberá siquiera enfrentar cargos por violar el Código Penal 591.

¿Existe la posibilidad de eliminar una condena por dañar líneas telefónicas, eléctricas o de servicios públicos?

Sí es posible. Una persona condenada bajo estas leyes puede obtener la eliminación de la condena siempre y cuando cumpla con éxito la pena de prisión o la libertad condicional, cualquier que le haya sido impuesta.

¿Qué otros delitos se relacionan con dañar líneas de teléfono, eléctricas o de servicios públicos?

  • Intervención a la línea telefónica – Código Penal de California 631
  • Robo o Allanamiento de morada – Código Penal de California 459
  • Dañar un dispositivo de comunicación para evitar ayuda – Código Penal de California 591.5
  • Vandalismo y grafiti – Código Penal de California 594

Intervención a la línea telefónica

De acuerdo con el Código Penal de California 631, es ilegal intervenir la línea de teléfono de una persona sin su consentimiento, a menos que la persona que intervenga el teléfono sea un agente del orden público.

Robo o Allanamiento de morada

En California, de conformidad con lo establecido por el Código Penal Sección 459, es un delito ingresar a una estructura residencial o comercial con la intención de cometer un hurto o un delito mayor mientras se está adentro. Incluso si el acto que constituye un delito mayor o el hurto nunca tuvo lugar, el simple hecho de ingresar a la propiedad con la intención de delinquir es suficiente para cometer este delito.

Dañar un dispositivo de comunicación para evitar ayuda

La sección 591.5 del Código Penal de California tipifica como delito que una persona dañe u obstruya maliciosamente un dispositivo de comunicación para evitar que otro lo use para pedir ayuda.

Como puede verse, el delito de dañar un dispositivo de comunicación para evitar ayuda contiene un elemento clave que no contempla el de dañar las líneas telefónicas o eléctricas. Este elemento diferenciador se refiere a la intención de evitar que una persona pidiera ayuda o notificara a las autoridades de policía acerca de la comisión de un delito.

Vandalismo y grafiti

Tal como se indicó anteriormente, el Código Penal de California en su sección 594 define el vandalismo como maliciosamente dañar, destruir o distorsionar la propiedad de otra persona.

Nuevamente se advierte que, en el Estado de California, mientras el Código Penal 591 se enfoca en el daño a líneas eléctricas, de teléfono y de servicios públicos, este estatuto se aplica al daño de cualquier propiedad.

Consultar un abogado de dañar líneas telefónicas, eléctricas o de servicios públicos cerca de mí

Como puede verse, una condena por dañar líneas telefónicas, eléctricas o de servicios públicos puede traer consigo sanciones que incluyen la imposición del pago de fuertes multas, el cumplimiento de tiempo en prisión, entre otras.

Si usted o alguien cercano enfrenta cargos por dañar las líneas telefónicas, eléctricas o de servicios públicos en San Diego, CA, es importante que entienda que su futuro y libertad están en riesgo y frente a esto, lo mejor que usted puede hacer, es ponerse en contacto lo más pronto posible con un abogado defensor del Bufete de Defensa Criminal para que lo represente legalmente y proteja sus derechos.

En el Bufete de Defensa Criminal, nuestro equipo legal examinará de cerca los detalles de su caso para preparar una estrategia de defensa que permita obtener el mejor resultado posible. Para más información sobre el delito de dañar líneas de teléfono, eléctricas o de servicios públicos y discutir las opciones disponibles en su caso, comuníquese con nosotros hoy al 619-722-5858. Recuerde que la consulta no tiene costo y es confidencial ¡Llame ya!