El seguro de desempleo de California es un sistema que brinda ayuda financiera a aquellas personas que se encuentran desempleadas por causas ajenas a su voluntad, mientras buscan activamente un nuevo trabajo.

Afirmar que está desempleado cuando en realidad está laborando, o aportar datos de identificación falsos en una solicitud para acceder a beneficios de desempleo a los cuales no tiene derecho alguno, son ejemplos claros de fraude al seguro del desempleo y el Estado de California sanciona fuertemente a todo aquel que, valiéndose del engaño, intenta aprovecharse del sistema.

Si actualmente enfrenta cargos por fraude del seguro de desempleo en San Diego, es importante que se comunique de inmediato con un abogado defensor del Bufete de Defensa Criminal. Nuestro equipo legal altamente capacitado, evaluará las particularidades de su caso para así definir el mejor curso de acción a seguir. No pierda más tiempo ¡Contáctenos ya!

¿Qué es el seguro de desempleo?

El seguro de desempleo, comúnmente conocido por sus siglas en inglés como UI (Unemployment Insurance), es un sistema de beneficios que está diseñado para brindar ingresos a las personas que atraviesan un momento difícil debido a que no han podido encontrar trabajo, o se encuentran sin empleo debido a factores externos que están fuera de su control como por ejemplo un recorte de personal o una reestructuración corporativa dentro de la empresa.

Las leyes de cada Estado determinan quién es elegible para recibir pagos al estar bajo la condición de desempleado, así como también las sanciones que se imponen a aquellos que hacen un mal uso o abusan de este sistema de beneficios, quienes muy posiblemente deban enfrentar cargos por fraude del seguro de desempleo.

En el Estado de California, el Departamento de Desarrollo del Empleo (EDD) es el organismo encargado de administrar el sistema de beneficios por desempleo, el cual tiene como objetivo principal ayudar a quienes recientemente perdieron su empleo, hasta que puedan encontrar uno nuevo. La ayuda consiste básicamente en un apoyo financiero que oscila entre los $40 y $450, los cuales se otorgan semanalmente durante un periodo de máximo 12 meses.

¿Quiénes califican para recibir los beneficios del seguro de desempleo?

Lo primero que hay que mencionar es que para que una persona pueda obtener legalmente los pagos del seguro de desempleo, debe haber perdido su trabajo por causas ajenas a su voluntad. No obstante, en ciertos casos aún cuando el trabajador haya optado por renunciar a su puesto de trabajo, puede someter a consideración especial del EDD una solicitud para que se evalúe la posibilidad de que califique y pueda acceder a los beneficios del sistema.

Ahora bien, una persona califica para recibir los beneficios del seguro de desempleo siempre y cuando cumpla con determinadas circunstancias, las cuales se indican a continuación:

  • Que actualmente se encuentre desempleada.
  • Que no haya presentado la solicitud para aplicar a los beneficios después de haber transcurrido más de 18 meses. Tiempo que será contado a partir del último día en que desempeñó las funciones propias del trabajo.
  • Que pese a tener disposición y estar en condiciones de trabajar, no haya podido encontrar empleo.
  • Que esté buscando activamente un nuevo empleo.

Como puede verse, estar desempleada es un requisito primordial pues es en esencia la razón por la que ha sido creado el seguro del desempleo, el cual busca cubrir dicha contingencia y brindar un apoyo financiero a quienes se encuentran atravesando por una difícil situación. Pero cuando personas malintencionadas se aprovechan de este programa de beneficios al falsificar sus solicitudes o al proporcionar información incompleta o tergiversada, incurren en el delito de fraude al seguro de desempleo.

¿En qué consiste el fraude del seguro de desempleo?

Consiste en proporcionar información falsa, incompleta o engañosa para recibir beneficios por desempleo cuando no se tiene derecho a éstos, o ayudar a alguien más para que los reciba.

Son muchas las formas en que se puede incurrir en fraude al seguro de desempleo, pero la mayoría de estos casos ocurren luego de que un trabajador intencionalmente y a sabiendas realiza declaraciones falsas o tergiversa información para de esta manera obtener pagos del seguro de desempleo, sin tener derecho a los mismos.

Otra forma de cometer fraude al seguro de desempleo es cuando las personas que se encargan de administrar el programa de beneficios, quienes son responsables de desembolsar los fondos de acuerdo con la ley, los retienen o desembolsan indebidamente. Lo mismo sucede cuando los empleadores mienten acerca de la razón por la que un trabajador dejó de trabajar para ellos, el número de horas que laboraba o la cantidad de ingresos que percibía, pues bajo cualquiera de estos escenarios, el empleador ha cometido fraude.

¿Cuáles son los tipos de fraude del seguro de desempleo en California?

Tal como se mencionó anteriormente, son varias las formas en que una persona puede incurrir en este delito de fraude, lo cual en esencia depende de quién realizó la conducta: ya sea el trabajador o el empleador.

Un trabajador incurre en fraude del seguro de desempleo en cualquiera de los siguientes eventos:

  • Al no reportar que está laborando. Esto sucede cuando la persona cobra beneficios del programa de desempleo mientras trabaja, y no informa al EDD acerca de este hecho. Esta situación se conoce comúnmente como “double dipping”.
  • Al no reportar otras formas de ingresos. Se presenta cuando el trabajador no informa acerca de los demás ingresos que percibe, tales como: pensiones, pagos de compensación de trabajadores o beneficios de seguridad social al EDD mientras recibe el seguro de desempleo. El ganar ingresos por debajo de la mesa y recibir al mismo tiempo los beneficios de UI, es un delito.
  • Al aportar información falsa o robar la identidad de otro. Cuando una persona usa un nombre falso, un número de seguridad social falso o cualquier otra información para recibir beneficios del programa de desempleo, incurre en fraude.

    Una persona puede incurrir también en esta forma de fraude al mentir acerca de la razón por la que perdió su empleo, alegando que está desempleada por una causa ajena a su voluntad cuando en realidad renunció a su puesto de trabajo o fue despedido por su deficiente desempeño laboral. A su vez, inventar que trabajaba para un empleador falso y afirmar que fue despedido por éste para luego cobrar beneficios por desempleo, es otra manera de defraudar al seguro.

    Finalmente, y con respecto al robo de identidad, una persona que usa la información de identificación personal de otra para obtener beneficios de desempleo, también comete fraude al seguro.

  • Al tergiversar los esfuerzos en la búsqueda de empleo. Una persona incurre en fraude al indicar al EDD que ha realizado varios esfuerzos por buscar empleo como por ejemplo enviar solicitudes a empleadores potenciales cuando en realidad no lo ha hecho. Esto en otras palabras quiere decir que la persona no está buscando activamente un nuevo empleo pero afirma que está centrando sus esfuerzos en ello, lo cual es falso.
  • Al obtener beneficios de más de un Estado simultáneamente. Si una persona cobra los beneficios por desempleo de otro Estado mientras vive en California, está cometiendo un fraude puesto que la ley no permite que una persona reciba beneficios de más de un Estado de forma simultánea.
  • Al cobrar el cheque del seguro de desempleo de otro. Esto sucede cuando una persona cobra los beneficios de alguien más sin su conocimiento y como es de suponerse, sin su consentimiento. Lo anterior significa que la persona está accediendo a beneficios sobre los cuales no tiene derecho alguno, defraudando al seguro de desempleo.

Por su parte, un empleador incurre en fraude del seguro de desempleo en cualquiera de los siguientes eventos:

  • Al retener las deducciones del seguro de desempleo de los cheques de los trabajadores. Cuando un empleador retiene intencionalmente las deducciones por concepto de seguro de desempleo de los cheques de los trabajadores sin hacer las contribuciones correspondientes al EDD, incurre en un fraude al sistema.
  • Al mentir acerca del motivo por el cual un trabajador ya no le presta sus servicios. Un empleador también incurre en fraude al seguro de desempleo cuando miente acerca de la razón por la que un trabajador ya no trabaja para él, afirmando que renunció a su puesto de trabajo o que fue despedido debido a su pésimo rendimiento laboral, su mala conducta o por incumplir los reglamentos internos de la compañía, entre otras razones que se vinculan directamente al oficio que desempeñaba dicha persona; cuando en realidad el trabajador perdió su trabajo debido a factores ajenos a su voluntad como por ejemplo un recorte de personal o una reestructuración corporativa y por consiguiente, tiene derecho a recibir los beneficios que el sistema otorga a quienes se encuentran desempleados.
  • Al mentir acerca de los salarios, horas laboradas y cualquier información relacionada con un antiguo trabajador. Recuerde que una de las formas en que una persona puede cometer fraude al seguro del desempleo es ayudando a alguien más para que reciba estos beneficios. Bajo este orden de ideas, si un empleador miente con respecto a la remuneración salarial, la cantidad de horas laboradas y cualquier otro dato relacionado con uno de sus ex trabajadores para ayudarlo a que reciba un incremento en los beneficios estatales que se otorgan por causa del desempleo o para que sea elegible para recibirlos, está cometiendo un delito.

¿Cómo se le da inicio a una investigación por fraude del seguro del desempleo?

El Departamento de Desarrollo del Empleo está siempre atento frente a cualquier sospecha de fraude del seguro del desempleo. De ahí que esté en constante alerta ante cualquier caso que indique fraude a dicho programa de beneficios, para lo cual recopila información a través de su fuente primaria: la línea telefónica pública de denuncias de fraude. No obstante, esta entidad también obtiene información de sus propios empleados, quienes una vez que han notado algo por fuera de lo común, realizan su respectivo reporte.

Una vez recopilada la información, el EDD asigna los posibles casos de fraude del seguro del desempleo a una unidad de investigación especial. Si la unidad considera que hay pruebas suficientes de que se ha cometido un fraude, y de que hay buenas posibilidades de ganar el caso, muy probablemente se formulen cargos. En cambio, si las pruebas son insuficientes, abandonará el caso o trabajará para obtener más evidencias.

¿Cuáles son las sanciones que se imponen por incurrir en fraude al seguro del desempleo?

Como se trata de un delito wobbler, las sanciones que se imponen varían de acuerdo con las características específicas del caso y los antecedentes penales del acusado, aunque en términos generales abarcan multas elevadas y largas penas de prisión.

La razón por la cual se tienen en consideración todos los aspectos que giran en torno a la conducta delictiva, es que cada uno de ellos son igual de importantes al momento de ser evaluados por el fiscal de la acusación, quien en últimas decidirá entre procesarla como un delito menor o un delito mayor. Por lo que dependiendo de la forma en que se procese, y el tipo de fraude que se haya cometido, se impondrán las sanciones que correspondan.

Al respecto hay que aclarar que, si usted que comete este delito puede ser procesado bajo cualquiera de los dos estatutos legales que se mencionan a continuación:

La sección 2101 del Código de Seguro de Desempleo. Este estatuto señala lo siguiente:

La persona que con el propósito de obtener, aumentar, reducir o anular un beneficio del seguro de desempleo realice intencionalmente cualquiera de las siguientes acciones:

  • Presente una declaración falsa,
  • No revele un hecho material sobre el cual tiene conocimiento, o
  • Use un nombre falso, un número de seguro social falso, u otra identificación falsa

Deberá responder penalmente por defraudar al sistema y su conducta podrá ser procesada como delito menor o mayor a criterio del fiscal. En el primer caso, la persona deberá responder por el pago de una multa de máximo $20.000 y podrá ser sentenciada a cumplir hasta 1 año en la prisión del condado. Pero si se determina que la conducta constituyó un delito mayor, si bien el monto máximo de la multa sigue siendo el mismo, la pena de reclusión aumenta por lo que la persona podría tener que enfrentar una sentencia de 16 meses, 2 o 3 años en la prisión estatal de California.

La sección 550 del Código Penal de California. Este estatuto cubre otros tipos de fraude de seguros. Para determinar si el delito es menor o mayor, se toma como punto de partida la suma de $950.

En caso de que el monto total del fraude corresponda a la suma de $950 o sea inferior a esta, se trata de un delito menor por el que se atribuyen las siguientes sanciones:

  • Cumplimiento de hasta 6 meses en prisión
  • Imposición de multa que no exceda de $1.000.

Por otra parte, en caso de que el monto total del fraude supere la suma antes indicada, el delito se considera como un wobbler, lo que quiere decir que podrá ser procesado como delito menor o mayor.

En el evento de que el monto total del fraude supere los $950 y sea procesado como delito menor, entonces se pueden imponer las siguientes sanciones:

  • Cumplimiento de hasta 12 meses en prisión
  • Imposición de multa que no exceda de $10.000.

Por último, en el evento de que el monto total del fraude supere los $950 y sea procesado como delito mayor, entonces se pueden imponer las siguientes sanciones:

  • Cumplimiento de hasta 5 años en prisión
  • Imposición de multa que no exceda de $50.000 o el doble del monto defraudado, cualquiera que sea mayor.

¿Qué otras consecuencias se derivan de una condena por defraudar al seguro del desempleo?

Además de las multas y el tiempo en prisión ordenados por el tribunal, ser condenado por cometer fraude del seguro de desempleo puede traer consigo las siguientes consecuencias:

  • Pérdida de ciertas licencias profesionales. De ser condenado por este delito usted corre el riesgo de perder de forma temporal o incluso permanente, la licencia que le permite ejercer su profesión. Esto se refiere más que todo a profesiones en el campo del derecho, la enseñanza y la medicina.
  • Descalificación en el acceso a otros beneficios en el futuro. Teniendo en cuenta que ha hecho un mal uso del sistema de beneficios por desempleo, lo más probable es que no sea elegible para recibir otros beneficios en el futuro.

Además de lo anterior, usted deberá reembolsar los beneficios tomados de forma fraudulenta junto con un 30% adicional por concepto de multa, y si no tiene suficiente dinero para devolver la totalidad de los fondos, el Estado podría quitarle el dinero embargando su salario.

¿Cuáles son las defensas que comúnmente se utilizan para derribar estos cargos?

Son varias las estrategias de defensa que comúnmente se utilizan para derribar cargos por fraude del seguro de desempleo, pero será su abogado defensor quien determine la más idónea teniendo en cuenta las circunstancias concretas del caso.

A continuación, se mencionan algunas de las defensas que regularmente se utilizan en estos casos:

  • Usted no tenía la intención de cometer fraude
  • La evidencia presentada en su contra es insuficiente para que se dicte una condena
  • Las acusaciones en su contra son falsas

Usted no tenía la intención de cometer fraude

Un argumento de defensa empleado con frecuencia en estos casos consiste en demostrar que el acusado creía honestamente que estaba presentando una reclamación de buena fe al seguro. Sin embargo, involuntariamente cometió un error en la solicitud y sin percatarse de ello, la presentó.

Si usted cometió un error al momento de aplicar a los beneficios porque accidentalmente colocó información incorrecta o no estaba al tanto de que ciertos tipos de ingresos debían ser reportados, al no tener la intención de defraudar requerida para que se constituya el delito, no puede ser condenado por fraude al seguro de desempleo.

La evidencia presentada en su contra es insuficiente para que se dicte una condena

Esta línea de defensa se basa en cuestionar la suficiencia de las pruebas presentadas por el fiscal de la acusación. Recuerde que si no se logra probar más allá de toda duda razonable todos los elementos que constituyen el delito, entonces usted no podrá ser declarado culpable.

Al respecto, su abogado defensor sabrá encontrar las fallas e inconsistencias del caso presentado por la fiscalía para así desafiar la evidencia en su contra y el argumento de la acusación.

Las acusaciones en su contra son falsas

Las acusaciones falsas pueden presentarse por diferentes razones. Una de ellas y quizás la principal es que una persona motivada por la rabia, la envidia o los celos, se comunique a través de la línea telefónica del EDD para reportar un supuesto caso de fraude. También puede suceder que la evidencia circunstancial lleve a los investigadores en dirección a la persona equivocada, o que alguien haya robado su identidad para utilizar sus datos y solicitar fraudulentamente beneficios por desempleo, involucrándolo en serios problemas con la ley.

Encontrar un abogado de fraude al seguro del desempleo de San Diego, CA

Si usted está bajo investigación por sospecha de fraude del seguro del desempleo o enfrenta cargos por este delito, es importante que comprenda que no sólo su libertad está en riesgo, sino que se enfrenta a la posibilidad de tener antecedentes penales permanentes en su historial, lo que inevitablemente afectará sus oportunidades laborales y de vivienda en el futuro. De hecho, es posible que más adelante le resulte difícil acceder a cualquier otro beneficio estatal, incluyendo el que se otorga debido al desempleo.

Por todo lo anterior, es de vital importancia que contrate los servicios de un abogado defensor de San Diego que tenga experiencia manejando este tipo de casos, pues solo así incrementarán sus posibilidades de obtener un resultado favorable. Usted merece la mejor representación, y en el Bufete de Defensa Criminal la encontrará. Para más información, comuníquese con nosotros al 619-722-5858.

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