En el Estado de California si usted roba un vehículo automotor puede enfrentar cargos por cualquiera de los siguientes delitos:

  • Hurto mayor de auto conocido como “GTA”
  • Pasear en un auto robado /toma ilegal de un vehículo denominado “joyriding”

¿Por cuánto tiempo pretendía usted mantener el vehículo? Esta pregunta es clave para lograr diferenciar el delito de hurto mayor de auto con respecto al delito de pasear en un auto robado. La diferencia entre ambos delitos se fundamenta en si usted tenía la intención de quedarse con el vehículo de forma permanente o sólo por un corto periodo de tiempo. En el primer evento, es decir, si usted pretendía permanecer con el vehículo permanentemente entonces se trataría de un hurto mayor de auto. Por el contrario, si su intención era tomar el vehículo temporalmente, sólo para dar una vuelta o realizar un pequeño viaje y luego devolverlo, es probable que en cambio, enfrente cargos por pasear en un auto robado.

“GTA” no es sólo un videojuego, es un delito en California, el cual es seriamente castigado y por consiguiente no debe ser tomado a la ligera. Por lo general constituye un delito mayor por el cual usted podría pasar un tiempo de hasta 3 años tras las rejas, además de tener que cumplir con el pago de multa por valor de hasta $10.000. Como puede verse, la ley de California sanciona con firmeza a quienes cometen este tipo de conducta delictiva.

Abogado de hurto mayor de auto en San Diego

Cada caso es diferente y por ello eso es importante que si usted o alguno de sus seres queridos enfrenta cargos por hurto mayor de auto en San Diego, busque lo más pronto posible la asesoría de un abogado de hurto mayor de San Diego del Bufete de Defensa Criminal el cual pueda revisar minuciosamente cada uno de los detalles en que se basa su caso y aplicar una estrategia de defensa acorde con las circunstancias. Nuestro equipo de abogados está plenamente comprometido con la protección de sus derechos y puede ayudar a que los cargos presentados en su contra sean reducidos o en el mejor de los escenarios, desestimados.

¿En qué consiste el hurto mayor de auto o GTA?

El hurto mayor de auto, mejor conocido como “GTA” por sus siglas en inglés, es una forma del delito de hurto mayor donde la propiedad que se roba corresponde a un vehículo automotor. Bajo este orden de ideas, el Código Penal de California en su sección 487(d)(1), se refiere al hurto mayor de auto como el delito de robar intencionalmente un vehículo que le pertenece a otra persona. Este delito no se limita sólo a los automóviles, incluye también camiones, camionetas, caravanas, vans, entre otro tipo de vehículos de transporte.

A continuación se mencionan una serie de ejemplos que constituyen el delito de hurto mayor de auto:

  • Una persona roba un vehículo para usarlo como medio de escape en otro delito.
  • Una persona que renta un vehículo durante las vacaciones e intencionalmente no lo devuelve una vez llegada la fecha establecida como el final del periodo de renta.
  • Una persona roba un auto con la intención de desmantelarlo o venderlo por partes, pero cambia de parecer y lo abandona en cualquier parte.

En la segunda situación que se plantea a manera de ejemplo, a pesar de que la persona no se quedó con el vehículo, ni lo vendió por partes, puede enfrentar cargos por hurto mayor de auto debido a que privó al dueño del valor sustancial del vehículo y del disfrute del mismo.

¿Cómo prueba el fiscal un cargo por hurto mayor de auto?

Para que una persona sea condenada por el delito de hurto mayor, el fiscal debe probar cada uno de los criterios que se señalan a continuación:

  • Que usted robó un vehículo de propiedad de alguien más;
  • Que el dueño no le dio permiso a usted de tomar el vehículo;
  • Que usted tenía la intención de privar al propietario del vehículo de manera permanente o por un período de tiempo lo suficientemente largo como para privarlo de una parte significativa del valor o disfrute del mismo; y
  • Que usted movió el vehículo y lo mantuvo durante un periodo de tiempo.

Con respecto a la intención, la cual constituye el elemento clave en casos de hurto mayor de auto, no importa el método que usted empleó para tomar el vehículo ya sea porque el vehículo tenía las llaves adentro, o si manipuló sus cables para llevárselo, debido a que basta sólo con demostrar que usted tenía la intención de privar permanentemente al dueño, para que enfrente cargos por este delito.

Ahora bien, con relación al último de los elementos el cual señala que usted debió haber movido el carro, puede incluso haberlo movido a una corta distancia, que es suficiente para que se cumpla con este criterio. Lo mismo se predica acerca del periodo de tiempo por el cual lo mantuvo o estuvo en posesión del vehículo, puesto que pudo ser breve y aún así darse por cumplido el elemento.

Ejemplos

Un ejemplo es el caso de un hombre que roba el vehículo automotor de uno de sus vecinos con la intención de venderlo por partes. Mientras conduce por apenas dos cuadras, se arrepiente, apaga el motor y sale del vehículo. Lo que el hombre no esperaba era que lo detuviera un agente de policía que se encontraba estacionado cerca del lugar. En este caso, el fiscal debe probar que el hombre tenía la intención de quedarse con el vehículo y venderlo por partes para que se profiera una condena por hurto mayor de auto. Como puede verse, el hombre condujo una corta distancia y mantuvo el vehículo por un breve periodo de tiempo.

Otro ejemplo es el caso de una mujer que rentó un vehículo automotor por dos semanas, específicamente durante sus vacaciones. Pasadas las dos semanas la mujer debe hacer la devolución del vehículo debido a que ha llegado al final del periodo establecido para la renta del mismo. Sin embargo, a la mujer le gusta tanto el vehículo y se siente tan cómoda en él, que decide quedarselo, en lugar de regresarlo. En este caso la mujer puede ser acusada de hurto mayor de auto puesto que ilegalmente se transfirió la propiedad del vehículo sin permiso del verdadero propietario. El fiscal por tener la carga de la prueba, debe demostrar cada uno de los elementos que constituyen el delito para que se profiera una condena.

Por su parte, si dado el caso un hombre cuya esposa se encuentra en estado de embarazo, se le presenta una urgencia médica porque su esposa entra en trabajo de parto mucho antes de lo previsto, y por ende debe llevarla cuanto antes al hospital, suponiendo que su vehículo por alguna razón no enciende y toma el vehículo de uno de sus vecinos, el cual estaba justo en frente en la calle con las llaves en el encendido. En este caso, como el hombre tiene la intención de devolver el vehículo al regresar del hospital, no puede ser declarado culpable de hurto mayor de auto. Esto encuentra su justificación en el hecho de que la intención no era la de tomar el vehículo de forma permanente o por un periodo de tiempo significativo que se viera afectado el valor o uso del mismo.

¿A través de qué otras acciones se puede cometer un hurto mayor de auto?

Los elementos señalados previamente constituyen la forma más común de hurto mayor de auto. Sin embargo, hay otras acciones por medio de las cuales se puede cometer este delito, las cuales se indican a continuación:

  • Hacer uso de falsas pretensiones, es decir, mentiras o engaño, para persuadir a alguien de que le otorgue la propiedad de su vehículo;
  • Hacer uso de un truco para persuadir a alguien de que le permita tomar posesión de su vehículo;
  • Hacer uso de la malversación para tomar el vehículo de otra persona. Dicho de otra forma, abusar de una posición de confianza para tomar el vehículo de alguien más.

¿Cuál es la diferencia entre “GTA” y “joyriding”?

La gran diferencia entre el delito de hurto mayor de auto y el de pasear en un auto robado/toma ilegal de un vehículo, radica en la intención. Esto se debe a que el hurto mayor de auto requiere que usted haya tenido la intención de robar el carro permanentemente o de mantenerlo por un periodo de tiempo lo suficientemente largo que el propietario ya no pudiera disfrutar de su uso y valor. Por el contrario, la toma ilegal de un vehículo, ocurre cuando usted tiene la intención de tomar el vehículo de manera temporal.

Adicionalmente, y tal como se estableció anteriormente, es posible que usted tuviera permiso del propietario para tomar el vehículo y aún así pueda ser declarado culpable de hurto mayor de auto si obtuvo ese permiso a través del uso de falsas pretensiones, truco o fraude. En cambio, usted no puede ser declarado culpable de tomar ilegalmente un vehículo si obtuvo permiso de parte del dueño.

Por otro lado, las sanciones que se aplican por hurto mayor de auto son más severas que las que se imponen en los casos de toma ilegal de un vehículo.

¿Cuál es la diferencia entre el robo de auto que establece la sección 459 CP y el hurto mayor de auto?

En primer lugar, cada uno de estos delitos tiene un fundamento legal distinto. Esto se explica dado que el robo de auto que señala el Código Penal de California en su sección 459 se refiere a ingresar a cualquier vehículo cuando hay evidencia de entrada forzada, con la intención de robar propiedad que se encuentra en el interior del vehículo o cometer cualquier otro delito mayor dentro del mismo. Lo que implica que el vehículo ha debido estar cerrado en ese momento. Si usted por ejemplo entra a un vehículo que se encuentra cerrado, para extraer de su interior objetos como por ejemplo un computador portátil, un teléfono celular, un bolso o cartera, entonces puede enfrentar cargos por este delito.

Por otra parte, si usted lo que hizo fue tomar un vehículo que le pertenecía a otra persona, sin el consentimiento de ésta y con la intención de privarlo de forma permanente o por un periodo de tiempo considerable de su valor y uso, entonces se trataría de un caso de hurto mayor de auto o “GTA”.

¿Cuáles son las sanciones que se imponen como consecuencia de una condena por hurto mayor de auto en California?

El hurto mayor de auto puede ser considerado como un delito menor o mayor a discreción del fiscal, dependiendo de factores tales como:

  • Los hechos en los cuales se basa el caso;
  • Sus antecedentes penales, ya sea porque tenga una condena previa por cometer éste u otros delitos; y
  • El valor del vehículo.

Esto significa que se trata básicamente de un “wobbler”.

Por lo general, el hurto mayor de auto constituye un delito mayor por el cual se atribuyen sanciones tales como:

  • Cumplimiento de tiempo en prisión por 16 meses, 2 o 3 años;
  • Imposición de multa por valor que no supere la suma de $10.000; o
  • Ambos, es decir, tanto la pena de prisión como la multa.

El valor del vehículo es relevante debido a que la Proposición 47 de Noviembre de 2014, convirtió el robo de un auto por valor de $950 o menos en un delito menor. Por lo tanto, en ciertos casos y tal como se mencionó, el delito de “GTA” puede ser considerado como un delito menor, y bajo este orden de ideas, contemplar las siguientes sanciones:

  • Cumplimiento de hasta un año en prisión del condado;
  • Imposición de multa por valor que no exceda la suma de $1.000; o
  • Ambos, lo que implica el tiempo en prisión y multa.

¿En qué eventos se incrementa la pena que se impone por hurto mayor de auto?

Existen dos eventos en específico, en los cuales por tratarse de vehículos particularmente costosos, la pena que se impone por el delito de hurto mayor de auto aumenta. Es decir, que usted podría recibir una sentencia de prisión adicional y consecutiva. Y se trata de los siguientes:

  • Si el vehículo tenía un valor superior a la suma de $65.000, se adiciona un año más a la sentencia.
  • Si el vehículo tenía un valor que excede la suma de $200.000, se adicionan 2 años a la sentencia. 

¿Qué defensas legales se plantean en casos de hurto mayor de auto en California?

El hecho de que usted haya sido acusado de hurto mayor de auto, no significa que será condenado por este delito y enviado a prisión. Lo más aconsejable en estos casos para evitar sufrir las serias consecuencias que se generan como resultado de una condena, es contar con la asesoría de un abogado criminalista en San Diego con experiencia en casos de hurto mayor de auto. En el Bufete de Defensa Criminal, nuestros abogados pueden asistirlo y aplicar la táctica de defensa más apropiada conforme a las circunstancias específicas en que se basa su caso.

Entre las defensas legales que pueden ser útiles en su caso de hurto mayor de auto en San Diego se incluye que:

  • Usted no tenía la intención de privar permanentemente al propietario del vehículo;
  • Usted tenía consentimiento del dueño o propietario del vehículo;
  • Usted fue falsamente acusado;
  • Reclamo de derecho/ Usted es el dueño del vehículo o creyó de buena fe serlo

Usted no tenía la intención de privar permanentemente al propietario del vehículo

La intención es uno de los elementos fundamentales que constituyen el hurto mayor de auto y le corresponde al fiscal demostrarlo para que se profiera una condena por este delito. Si usted no tuvo la intención de privar permanentemente al propietario del vehículo, el delito puede ser en cambio un “joyriding”, el cual se procesa con bastante frecuencia, en especial cuando la intención es difícil de probar. Esto se debe a que según este último delito, la intención de robar no es un requisito constitutivo.

Usted tenía consentimiento del dueño o propietario del vehículo

Si el dueño del vehículo da su consentimiento para que usted lo tome, entonces usted no ha cometido ningún delito. Frente a esto es importante tener en cuenta que el hecho de que en el pasado el propietario le haya permitido a usted conducir el vehículo no significa que en esa ocasión en específico haya consentido que usted se lo llevara. Por esta razón se debe determinar si usted tenía o no el consentimiento del dueño, para llevarse el vehículo en dicha oportunidad. En ocasiones incluso, debido a una falla en la comunicación, una persona puede creer que el propietario del vehículo le ha dado su consentimiento, pero en ningún momento tener la intención específica de robarlo.

Usted fue falsamente acusado

En ocasiones se presentan acusaciones falsas contra una persona. Esto puede deberse a sentimientos de ira, venganza o celos. Si por ejemplo el dueño del vehículo le dio permiso para conducirlo pero luego sostuvo una discusión acalorada con usted y motivado por la rabia lo acusa de robar el vehículo, entonces bajo tales circunstancias usted no debe ser declarado culpable de cometer el delito de hurto mayor de auto dado que en este caso habría sido objeto de una falsa acusación. Su abogado defensor puede demostrar en estos casos, que usted fue incriminado o acusado injustamente por una conducta que en realidad no cometió.

Reclamo de derecho/ Usted es el dueño del vehículo o creyó de buena fe serlo

Si el vehículo automotor en realidad le pertenece a usted, entonces no puede ser condenado por hurto mayor de auto. El uso de esta estrategia de defensa también es válido, cuando a pesar de que el vehículo no era de su propiedad, usted creía de buena fe que el vehículo era suyo. Un ejemplo de esto podría ser el caso en que usted comprara un vehículo usado a través de una página web que permite a los usuarios colocar anuncios clasificados y mientras conducía el vehículo lo detuvieran y resultara tratarse del caso de un vehículo robado. En esta situación que se plantea, usted tenía la creencia de buena fe de que el vehículo comprado ahora le pertenecía y por tanto es posible argumentar esto en su defensa.

Otro ejemplo bastante común, es el caso de los vehículos compartidos. Si un hombre que está atravesando un proceso de divorcio complicado, un día se dirige a la casa de su ex-esposa, la cual hasta hace poco era su casa, y toma uno de los vehículos que él y su esposa habían compartido pero el hombre no sabe que el vehículo está a nombre de la esposa y que según el borrador actual del acuerdo de divorcio establece que ella se quedará con el vehículo, es posible que argumente como defensa ante un cargo por hurto mayor de auto, que él creía razonablemente que el vehículo aún le pertenecía parcialmente.

¿Qué delitos se relacionan con el hurto mayor de auto?

  • Recepción de propiedad robada – CP 496
  • Robo de auto – CP 459
  • Robo de auto o “carjacking” – CP 215
  • Hurto menor – CP 488 y 490.2

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Las sanciones que se atribuyen como resultado de una condena por hurto mayor de auto son bastante serias y pueden impactar negativamente su futuro, al tener pasar tiempo tras las rejas y/o cumplir con el pago de onerosas multas. En el Bufete de Defensa Criminal, un abogado de hurto mayor de auto de San Diego está  en completa disposición para asistirlo y puede brindarle una excelente asesoría legal de acuerdo a los hechos que rodean su caso en particular.

¡El momento de actuar es ahora! No deje que su futuro se vea afectado. Nuestro equipo legal puede lograr la disminución de los cargos que enfrenta o incluso que sean completamente desestimados. Trabajamos sin descanso para obtener el mejor resultado posible. Llámenos de inmediato al 619-722-5858 y obtenga una consulta totalmente confidencial y gratuita con nosotros.